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Servicio tributario de México investiga a 2.621 contribuyentes por operaciones inexistentes
Martes, Febrero 13, 2018 - 13:00

El superintendente Osvaldo Santín dijo que si bien se ha avanzado en el combate contra la evasión fiscal, las cifras siguen siendo altas ya que al 2015 se perdía 25% de la recaudación tributaria por la evasión de Impuesto sobre la Renta.

Ciudad de México. Hasta la fecha, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene en la mira a 2.621 contribuyentes —tanto personas físicas como morales— por considerar que realizan operaciones simuladas.

Del 2014 al 1 de febrero de este año, el órgano recaudador, a cargo de Osvaldo Santín, ha publicado los datos de 6.811 pagadores de impuestos por considerar que han emitido comprobantes fiscales que podrían ser apócrifos.

Del total de contribuyentes publicados, 4.080 de ellos ya están determinados como empresas fantasmas definitivas, mientras que 110 han logrado desvirtuar los hechos y 2.621 aún están por determinar su situación.

De acuerdo con el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación —aprobado con la reforma hacendaria del 2014— cuando el fisco detecte que un contribuyente ha estado emitiendo comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan las facturas emitidas, o bien dichos contribuyentes no se localizan, la autoridad presumirá la inexistencia de las operaciones.

En el último listado publicado por el fisco, la autoridad añadió a 129 contribuyentes, los cuales fueron notificados a través del buzón tributario así como en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para que puedan desvirtuar —en un plazo de 15 días a partir de la última de las notificaciones— los hechos que llevaron a la autoridad a presumir la simulación de operaciones.

Si transcurrido el plazo concedido los contribuyentes no aportan las pruebas, la documentación e información respectiva o, bien, una vez admitidas y valoradas, no se desvirtúan los hechos, se les considerará como personas fiscales que definitivamente emitieron facturas apócrifas y sus nombres serán publicados en el DOF, indicó el documento firmado por Ady Elizabeth García Pimentel, administradora central de Fiscalización Estratégica del SAT.

“Lo anterior toda vez que es de interés público que se detenga la facturación de operaciones inexistentes y que la sociedad conozca quiénes son aquellos contribuyentes que llevan a cabo este tipo de operaciones”, agregó.

Anteriormente, Osvaldo Santín dijo que si bien se ha avanzado en el combate contra la evasión fiscal, las cifras siguen siendo altas ya que al 2015 se perdía 25% de la recaudación tributaria por la evasión de Impuesto sobre la Renta (ISR).

Agregó que, en México, las empresas fantasma han generado facturas por 1.4 billones de pesos (US$75.040 millones), lo equivalente a casi 5% del Producto Interno Bruto (PIB).

Por otro lado, hace algunos días la Primera Sala de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional que el SAT publique la “lista negra” de empresas que simulan operaciones.

Lo anterior se dio porque la empresa Grupo Impulsor SA de CV impugnó el artículo 69-B, debido a que lo consideró como un factor que vulneró su seguridad jurídica al ser sus datos publicados por el SAT en el 2014.

Cárcel para defraudadores. Por su parte la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) alertó que la venta y adquisición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes es un delito de defraudación fiscal, el cual es castigado con cárcel.

“Los delitos de defraudación fiscal son sancionados de tres meses a nueve años de prisión, dependiendo del monto de la defraudación, mientras que el delito de adquisición de comprobantes fiscales falsos se sanciona de tres meses a seis años de prisión”, indicó el ombudsman fiscal.

En este sentido, la Prodecon destacó que aquellos contribuyentes que compren facturas apócrifas a empresas fantasma se convierten en Empresas que Deducen Operaciones Simuladas, lo cual los hace partícipes de esquemas de operaciones fraudulentas.

En caso de que el SAT identifique por error a algún contribuyente con presunción de operaciones inexistentes, éste podrá acudir a la Prodecon para que le ayude y oriente para arreglar su situación.

Autores

El Economista (México)