Colombia emprende una de las tareas más delicadas del proceso de paz. El Tribunal de Paz (JEP) abre la búsqueda de la verdad sobre miles de crímenes del conflicto.
Hacer la paz es más difícil que hacer la guerra. Así se demuestra ahora en Colombia, en donde tras el Acuerdo de Paz, firmado el 24 de noviembre de 2016 entre el Gobierno de Juan Manuel Santos y la exguerrilla de las FARC, un selecto grupo de juristas, amparado en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) buscará lo que parece imposible: esclarecer los miles de crímenes cometidos en 52 años de conflicto armado, establecer responsabilidades de todos los bandos, castigar a los autores, buscar a los desaparecidos y reparar a las víctimas. Y todo esto, buscando no abrir más heridas, sino teniendo la reconciliación como premisa.
La JEP, en la que 30 de sus 38 miembros tomó posesión de sus cargos el pasado 15 de enero, empezará pronto a funcionar como corte temporal, prevista por 10 años, pero que puede operar hasta un máximo de 20.
Este innovador camino para tratar las barbaridades de colombianos contra colombianos, y algunos extranjeros, a lo largo de más de medio siglo, ha sido fuertemente criticado, especialmente por los opositores al Acuerdo de Paz que aducían que "mientras los exguerrilleros serían condenados a penas leves por la JEP, los policías y militares serían condenados a décadas de cárcel por la justicia ordinaria”.
¿Qué tantos dientes tiene la JEP? Hacer justicia sin cometer más injusticias ha sido justamente otro de los escollos por librar. Pero lo cierto es que "la JEP recibirá a todos los involucrados en el conflicto, tanto a guerrilleros como a militares y civiles, ateniéndose al Derecho Internacional Humanitario”, dice a DW Claudia Vaca González, profesora de la Universidad Nacional de Colombia, y quien presidió el Comité de Escogencia de los magistrados del Sistema de Verdad, Justicia y Reparación.
"Los militares tienen el derecho a someterse a la JEP, y así como los exguerrilleros que hayan cometido crímenes de lesa humanidad, serán castigados, aunque no con una pena clásica sino restaurativa”, apunta Claudia Vaca. Esto quiere decir que no estarán privados de su libertad más de ocho años.
¿Pero qué tantos dientes le quedan a este tribunal si el Congreso abolió la obligatoriedad de comparecencia de "terceros civiles”? "Es imposible pensar en el conflicto sin pensar en terceros, como los financiadores, fueran estos voluntarios u obligados. Si en el transcurso de las investigaciones, empero, se establece que un empresario, por ejemplo, estuvo involucrado en crímenes, puede ser citado por la JEP”, agrega Vaca.
En todo caso, la ley de Amnistía determina los hechos amnistiables y no amnistiables, y su relación con el delito político. De este modo, "podrá ser amnistiado quien haya atentado contra el Estado en desarrollo del conflicto armado, como quienes hayan facilitado, apoyado, financiado u ocultado el desarrollo de la rebelión”, explica la Oficina del Alto Comisionado para la Paz.
Por otra parte, "no gozarán de amnistía ni indulto quienes hayan estado implicados en delitos de lesa humanidad, genocidio, toma de rehenes, secuestro, tortura, ejecuciones extrajudiciales, desaparición forzada, y otras formas de violencia sexual, desplazamiento forzado o reclutamiento de menores, conforme lo establece el Estatuto de Roma".