¿Cómo saber que una entidad política califica como un Estado soberano? En el pasado era fácil saberlo: una entidad era soberana si podía imponer a quienes vivían en su territorio el pago de impuestos, el servicio militar y una moneda de curso legal. La conscripción militar había desaparecido ya en parte de los Estados de nuestro mundo y, con la creación de cripto-monedas como el Bitcoin, se pone en duda el monopolio que, al menos formalmente, solía ejercer el Estado sobre la emisión de dinero.
Pero claro, llamar a entidades como el Bitcoin “monedas” es, en realidad, un uso metafórico del lenguaje. Las denominadas cripto-monedas cumplen, en efecto, algunas de las funciones de una moneda común (como la de servir como medio de pago). Pero la evidencia sugiere que ese no es su principal uso. De hecho, algunos bancos centrales y autoridades regulatorias se refieren a esas entidades como cripto-activos. Más específicamente, como instrumentos financieros similares a los bonos y las acciones.
Ese dista de ser un debate bizantino, dado que de su desenlace depende la forma en que esas entidades (las llamo así porque hay consenso sobre su existencia pero no sobre qué diantres son), podrían ser reguladas por las autoridades. Por ejemplo, ¿sus propietarios debieran pagar impuestos? De ser así, ¿serían impuestos sobre rentas o sobre ganancias de capital? Cómo se les defina también establecería los riesgos que implica su uso (como el lavado de dinero o activos, o la evasión tributaria). Por ejemplo, existe evidencia de que las cripto-monedas suelen ser empleadas en la práctica (habitualmente ilegal) conocida como “wash trading” (que, en este caso, consiste en realizar compras y ventas ficticias de las mismas para inflar el valor de las transacciones realizadas con ellas).
Ese debate vuelve a cobrar vigencia por dos fenómenos recientes. De un lado, el lanzamiento por parte de Facebook de su propia moneda digital: la Libra. De otro, la creación por parte del gobierno venezolano de su propia cripto-moneda, el Petro. El propósito de esta última era el de proveer a ese gobierno acceso a recursos en un contexto de escasez de divisas y de sanciones internacionales. Decimos que el Petro es una cripto-moneda porque esa es la forma en la que lo denomina el gobierno venezolano. En la práctica, sin embargo, el Petro carece de dos de los atributos que, en su momento, hicieron atractivas para algunos inversionistas cripto-monedas como el Bitcoin. A saber, el hecho de ser iniciativas de carácter privado y de gestión descentralizada. Además, de ser una cripto-moneda, el Petro se distinguiría de las demás por el hecho de tener como respaldo las reservas en recursos naturales de exportación con las que cuenta el Estado venezolano (en lo esencial, petróleo, gas, oro y diamantes).
Porque, claro, a diferencia de las cripto-monedas, se supone que el poder de compra (en bienes, servicios o en otras monedas) de las monedas que emiten los Estados está respaldado por cosas tales como el manejo prudente de su política fiscal y monetaria o las reservas internacionales en poder del banco central. Es decir, ese poder de compra podría encontrar respaldo en cosas que no existen en Venezuela. Por no mencionar el hecho de que recursos como el petróleo ya son empleados como garantía de préstamos contraídos en el pasado por el gobierno venezolano.