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Veranear con trabas argentinas
Jue, 13/12/2012 - 09:24

Joaquín Panasco

 La caída de Pluna
Joaquín Panasco

Joaquín Panasco es Abogado (Ucudal), Master en Derecho de la Empresa (Universidad de Montevideo), Postgrado en Derecho de Daños (Udelar) y Especialista en Marketing (Ucudal). Es especialista en asesoramiento legal empresarial del Estudio Tesouro (Uruguay).

A partir del año pasado, Argentina comenzó a tomar una serie de medidas para intentar “desdolarizar” su economía y contener la creciente fuga de divisas.

Con el correr de los meses, las medidas se fueron endureciendo, al punto de prohibirse la compra de moneda extranjera con destino al ahorro personal (“cepo al dólar”) y restringirse los pagos en el exterior.

Si bien la compra de dólares en el mercado oficial aun es posible para ciertos casos puntuales, las operaciones son fuertemente controladas por el gobierno y no siempre son autorizadas.

A estas restricciones cambiarias se suma un gravamen del 15% por el uso de tarjetas de crédito en el exterior. Este gravamen podrá tomarse como pago a cuenta de ciertos impuestos.

Debido a la estrecha relación con Argentina, Uruguay es uno de los grandes perjudicados por todas estas medidas. Sobretodo, en vísperas de la temporada de verano.

En efecto, el turismo es una de las principales actividades económicas de Uruguay. En 2011 ingresaron más de 3 millones de turistas, dejando ingresos por US$2.185 millones (casi el 5% del PBI). Y casi el 60% de esos visitantes fueron argentinos.

En este contexto, el gobierno uruguayo ha aprobado una serie de normas para compensar las medidas argentinas. Estas normas otorgan beneficios a los turistas extranjeros, de cualquier nacionalidad, que veranen en Uruguay.

*Exoneración de IVA: los turistas extranjeros que, entre el 15 de noviembre de 2012 y el 31 de marzo de 2013 adquieran ciertos servicios con tarjeta de crédito emitida en el exterior, estarán exonerados del 22% correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Los servicios alcanzados por este beneficio son los gastronómicos (prestados por restaurantes, bares, cantinas, confiterías, hoteles, estancias turísticas, etc., siempre que no integren el concepto de hospedaje), servicios para fiestas y eventos (incluido el catering) y alquiler de autos (sin chofer).

*Crédito fiscal por alquileres: los turistas extranjeros que, entre el 15 de noviembre de 2012 y el 31 de marzo de 2013, alquilen una casa o apartamento con fines turísticos, recibirán un crédito fiscal del 10,5% del precio del alquiler. Para ello, tanto en el alquiler como en el cobro, deberá intervenir una inmobiliaria uruguaya y el precio deberá pagarse con tarjeta de crédito o débito emitida en el exterior.

Este beneficio se materializará a través de la acreditación del importe (10,5%) en la tarjeta de crédito del turista.

*Devolución de IVA: los turistas extranjeros que compren prendas de vestir, artículos de cuero o punto, alimentos, bebidas o artesanías, de origen nacional o extranjero, con destino a ser utilizadas o consumidas fuera de Uruguay, podrán recibir una devolución del 80% del IVA de dichas compras.

Se devolverá el IVA respecto de las compras que superen los $500 (US$26 aprox.) por factura, pagadas en efectivo o con tarjeta de crédito. En este último caso, se requiere que el titular de la tarjeta sea una persona física y que la misma haya sido emitida en el exterior.

Para acceder al beneficio, los productos tienen que comprarse en comercios autorizados para operar con este sistema. Asimismo, el turista deberá comunicarle al comerciante que se quiere amparar al régimen, para que le emita el formulario de devolución correspondiente.

La devolución se realizará en alguno de los siguientes pasos de frontera: Aeropuerto Internacional de Carrasco (Montevideo), Aeropuerto de Laguna del Sauce (Punta del Este), Puerto de Montevideo, Puerto de Colonia, Terminal de arribos de Cruceros de Punta del Este, Puente internacional Salto -Concordia, Puente internacional Paysandú-Colón y Puente internacional Fray Bentos-Puerto Unzué. A tales efectos, la Dirección Nacional de Aduanas le solicitará al turista la exhibición del documento extranjero, los pasajes de salida y la mercadería con la correspondiente factura.

Es importante presentar la mercadería, ya que en caso de solicitar la devolución por bienes que no acompañen al turista al momento de salir del país, este será pasible de una multa de hasta 100 veces el monto del crédito indebidamente solicitado.

La devolución se hará acreditando el importe en el número de tarjeta de crédito que el turista proporcione al funcionario de Aduanas.

*Beneficios para los uruguayos: los uruguayos también podrán aprovechar beneficios similares a los de los turistas extranjeros. La diferencia es que los uruguayos podrán aprovecharlos durante todo el año, no solo en verano.

En este sentido, las siguientes operaciones que se realicen con tarjeta de crédito pagarán solo el 13% de IVA en lugar del 22%: Servicios gastronómicos (prestados por restaurantes, bares, cantinas, confiterías, hoteles, estancias turísticas, etc., siempre que el prestador los elabore y que no integren el concepto de hospedaje), servicios para fiestas y eventos (incluido el catering), alquiler de autos (sin chofer) y las comisiones de inmobiliarias por alquileres con destino turístico.

El comercio facturará el servicio a la tasa del IVA vigente y el descuento será incluido en el estado de cuenta de la tarjeta de crédito. Allí se detallarán las operaciones realizadas por este régimen y el descuento correspondiente.

El panorama para el verano uruguayo es incierto, pero las medidas ya están tomadas. Habrá que esperar para ver si fueron las adecuadas. Y qué mejor que esperar en una playa de la costa uruguaya.

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