El proyecto de cumplimiento tributario que está siendo discutido en la comisión de Hacienda del Senado, trae más de alguna novedad y, en especial, una que afectará directamente a más de algún contribuyente que tenga sociedades de inversión en el extranjero o las llamadas sociedades Off-shore. Este cambio merece nuestra atención por sus consecuencias económicas y fiscales.
Actualmente, y de manera coloquial, si un contribuyente chileno posee más del 50% (de acciones, derechos, entre otros elementos) de una compañía extranjera que, a su vez, genera principalmente ingresos pasivos (como intereses o dividendos), deberá reconocer en tiempo real las ganancias de esta compañía en Chile y, por ende, pagar impuestos aun cuando no las haya recibido materialmente. Esto es lo que se conoce como norma CFC. En otras palabras, la norma CFC busca disuadir a los contribuyentes de trasladar rentas a países o jurisdicciones con sistemas tributarios más atractivos que el chileno.
Por el contrario, cuando una sociedad de inversión en el extranjero no está sujeta a la norma CFC, no significa que el contribuyente chileno esté evitando o reduciendo sus impuestos en Chile. Solo se están postergando hasta que las ganancias sean efectivamente recibidas por los dueños.
Hasta ahora, bajo la norma CFC, se calcula el 50% de control considerando la participación de una persona junto con la de sus partes relacionadas, sin incluir relaciones de parentesco. Sin embargo, el proyecto propone un cambio de criterio: incluir como "personas relacionadas" a cónyuges, convivientes civiles, hijos, nietos, padres y abuelos. Esto significa que para calcular ese 50% de control, se sumarían las participaciones de toda la familia.
Pongámoslo en perspectiva, imaginemos una sociedad formada por padre, madre y dos hijas, cada uno con un 25% de participación. Bajo la ley actual, no existe control sobre esta entidad. Con la modificación propuesta, sí existiría, obligando a reconocer las utilidades generadas en el extranjero.
Este cambio afectará en gran medida a los "Family Office", quienes por protección patrimonial, así como por estrategias de negocio, tienen sociedades en el extranjero conformadas principalmente por el núcleo familiar.
De aprobarse este proyecto, se deberá reconsiderar la conveniencia de sus estructuras, sopesando los beneficios contra los nuevos efectos fiscales. La pregunta clave es: ¿Logrará esta medida disuadir la creación de estas estructuras para diferir impuestos? Lo que parece cierto es que la recaudación fiscal aumentaría, ya que estos contribuyentes pagarían impuestos por utilidades que actualmente no están obligados a reconocer.
Este cambio legislativo, aunque técnico, tiene implicaciones prácticas significativas. Busca alinear nuestras normas con los estándares internacionales de la OCDE, pero también plantea desafíos para la planificación patrimonial de muchas familias chilenas. Como sociedad, debemos estar atentos a cómo estos cambios moldearán nuestro panorama económico y fiscal en los años venideros.