El plazo mínimo para la cancelación de los servicios de las cooperativas telefónicas es de 30 días, plazo que la ATT no siempre respeta.
La Autoridad de Telecomunicaciones y Transporte de Bolividia (ATT) reveló que la mora de las cooperativas telefónicas llega entre el 30% y 40% del total de los ingresos mensuales que perciben por el cobro de servicios. Por ello, la entidad reguladora justificó la aprobación de una fecha de 30 días para su pago tras la emisión de la factura.
El artículo 157 del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación, aprobado el 24 de octubre de 2012, establece una fecha de 30 días para el pago de los servicios de telefonía fija, celular, Tv cable e internet, tras la emisión de la factura de cobro. Una vez terminado el plazo, los operadores pueden proceder al corte del servicio.
El director de Fiscalización y Control de la Autoridad de Fiscalización y Regulación de Telecomunicaciones y Transportes (ATT), Wálter Salinas, informó a La Razón que la medida se dispuso en la norma a raíz de un análisis que hizo la autoridad regulatoria a petición de las operadoras de telecomunicaciones por la mora que tienen.
“El tema de la mora es tan grande que muchas veces provoca conflictos financieros a los operadores (de telecomunicaciones). Por ejemplo, una operadora que tiene una mora de tres meses no puede manejar esos recursos y trae consecuencias financieras”. En ese marco, Salinas afirmó que se estableció que un periodo de 30 días “es un plazo perentorio para que los usuarios paguen los servicios”.
El director aseveró que la autoridad regulatoria asumió dicha determinación principalmente porque las cooperativas de telefonía fija “han tenido estos problemas de mora”.Salinas precisó que la mora de las cooperativas telefónicas oscila entre el 30% y el 40% de los ingresos mensuales que perciben por el cobro de los servicios que prestan a los clientes.
“La recaudación total que deberían tener cada mes las cooperativas por el pago de los servicios prestados se ve reducida entre el 30% y el 40% debido a que ese dinero va a la mora”. Aseguró que la disposición también fue solicitada por las empresas de telefonía móvil, aunque el porcentaje de mora en ese sector es menor.
El 29 de octubre, el gerente general de la Cooperativa de Teléfonos Automáticos La Paz (Cotel), Víctor Estrada, comunicó a este medio que la empresa aplicará la norma emitida por el Ejecutivo y pedirá a la ATT que emita ”una resolución” para que se mantenga el plazo de pago para sus clientes. Al día siguiente, el presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa de Telecomunicaciones Cochabamba (Comteco), Jaime de Ugarte, señaló que la compañía analiza la disposición, pero que también solicitará a la autoridad flexibilizar el plazo de pago para sus usuarios.
Norma
El reglamento indica que una vez el usuario pague el monto adeudado por el servicio, la operadora rehabilitará el servicio cortado en un plazo de 24 horas.
El director de Fiscalización de la ATT, Wálter Salinas, informó ayer a La Razón que las cooperativas telefónicas pueden flexibilizar el plazo de 30 días para el pago de los servicios de telefonía fija, celular, Tv cable e internet.
El 24 de octubre, se aprobó el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación que dispone un periodo de 30 días para el pago de los servicios, tras emitir la factura de cobro. Una vez terminado el plazo, los operadores pueden cortar el servicio.
“La norma establece un periodo de 30 días para que las operadoras cobren por los servicios prestados y luego realicen el corte respectivo. Pero si las operadoras consideran que es conveniente dentro de su política ampliar el plazo, es una decisión que deben tomar las empresas”, dijo Salinas.
El 30 de octubre, la Cooperativa de Teléfonos La Paz (Cotel) y la Cooperativa de Telecomunicaciones Cochabamba (Comteco) indicaron que pedirán a la ATT flexibilizar el plazo límite de 30 días para la cancelación de los servicios que prestan a sus usuarios.