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En(red)ados en el trabajo
Lunes, Agosto 13, 2012 - 09:57

La conflictividad entre empresas y empleados se redefine con Facebook y Twitter, mientras que los reclutadores ven sospechosa la inactividad web.

Una deportista griega fue expulsada de los Juegos Olímpicos de Londres por manifestaciones racistas en Twitter; al subjefe de policía de Soriano lo destituyeron por comentarios “golpistas” contra José Mujica y hasta a una monja española, conocida como “Sor internet”, la desalojaron del convento debido a su alta exposición en Facebook. Dentro de este combo de trabajos perdidos y redes sociales hay un ejemplo menos mediático pero más típico: el del empleado que es despedido por hacer comentarios inapropiados sobre su empresa o su jefe en internet.

Las redes sociales llegaron para quedarse y para cambiar el tablero. Alrededor de 1.200.000 uruguayos ya son usuarios y de ellos el 99% tiene Facebook, según el Perfil del Internauta, presentado el jueves por el Grupo Radar.

A medida que estas plataformas forman parte cada vez más natural de nuestras vidas, la línea divisoria entre lo público y lo privado se va desdibujando.

La era del exhibicionismo y la imprudencia online no solo se está cobrando sus primeras víctimas en el país (recientemente Subrayado informó del despido de una periodista de El Telégrafo de Paysandú por publicar una noticia en Twitter antes que en el diario) sino que también está por constituirse en tema de debate judicial, a medida que empiezan a aparecer los primeros casos relativos a las redes sociales.

Leonardo Slinger, abogado especialista en Derecho Laboral del estudio Guyer y Regules, informó a El Observador que actualmente actúa en un juicio entre una empresa y un exempleado, ya que este habló mal de su jefe y de la compañía por Facebook, pese a tener a su superior entre sus “amigos”, motivo por el cual fue despedido.

Si bien el extrabajador alega que el despido es injusto porque la información que vertió en Facebook alude a su vida personal, Slinger  -como asesor legal de la empresa- considera que el comentario era agraviante para el empleador, por lo cual su desvinculación fue justa, más allá de que la publicación la hiciera fuera de horario laboral.

“Cuando (los trabajadores) hacen referencia a la empresa y a sus superiores deben cuidar las mismas reglas que si lo hicieran fuera de la red social. Tienen que ser aun más cuidadosos por la magnitud que estos mensajes tienen. Yo puedo decir estoy cansado o no me gusta el trabajo, pero no, por ejemplo, que mi jefe es un delincuente o ventilar información de la empresa", sostuvo Slinger.                                                                  

Todavía no ha habido ningún fallo de la Justicia referente a las redes sociales y el ámbito laboral. Y aunque tampoco hay leyes que regulen el mal uso de internet en el trabajo, es posible establecer ciertos parámetros a partir de las sentencias previas al respecto, en las que, por lo general, se ha reconocido el derecho del empleador a sancionar estas conductas.

“Hay alguna sentencia que dice, incluso, que no es necesario que el empleador avise previamente que el mail de la empresa no puede ser usado para fines particulares. Por lo tanto, si se comprueba el uso indebido, esto puede llegar a constituir ‘notoria mala conducta’, lo que da lugar al despido sin indemnización”, señaló la abogada especialista en Derecho Laboral Cristina Mangarelli.

Al respecto, el letrado Nelson Larrañaga, del Estudio Ferrere, comentó que los magistrados por lo general “han entendido que las herramientas informáticas estaban destinada para fines laborales” y han avalado el despido sin indemnización. Así sucedió en casos que implicaron el ingreso a sitios pornográficos o el uso indebido de los mails en el trabajo.    

De acuerdo a Slinger, el control que puede ejercer el empleador en el uso de internet está sujeto a dos variables: el derecho a la intimidad, que está protegido constitucionalmente, y quién es el propietario de la herramienta informática. “Mayoritariamente se admite el derecho del empleador a monitorear el uso de las herramientas informáticas (mail, acceso a internet) cuando son provistas por él, y siempre que éste haya advertido al trabajador que se reservaba el derecho a controlar el uso de estas. Cuando son del empleado (por ejemplo, su mail personal) el control está vedado. Se entiende que es alcanzado por la protección del secreto de correspondencia”, explicó.

En el caso de las redes sociales, sin embargo, señaló el especialista, “no hay una posición jurisprudencial firme y generalmente se termina transando, porque es incierto el resultado que se pueda tener”.

Controles de las empresas

Slinger aconseja a las empresas regular este tema en el contrato o a través de un código de conducta. Zonámerica dispone de un Código de Ètica por el cual los empleados se comprometen a usar las herramientas informáticas con fines laborales. No obstante, informó Fabrizio Cantoni, gerente de sistemas de la firma, no hay restricciones en cuanto al acceso a internet, pero sí disponen de herramientas de control.

Desde una empresa multinacional con sede en el país, que prefirió guardar confidencialidad, se informó que si bien no hay restricciones en el acceso (a excepción de los sitios pornográficos y el chat de los mails personales) se realiza un monitoreo desde la casa matriz de la firma, a la que pueden recurrir desde Uruguay si tienen la sospecha de que está pasando algo raro respecto al uso de las herramientas informáticas.

En el Banco Central del Uruguay (BCU), la mayoría de los 627 funcionarios tienen bloqueado el acceso a determinados sitios web, como las redes sociales, Youtube, y las páginas de supermercados y de los diarios deportivos. El criterio para la habilitación, señaló Carlos Herrera, encargado de sistemas del BCU, depende de la relación que estos sitios puedan tener con las tareas que se desarrollan en el banco. No obstante, indicó, si bien no hay aplicaciones para filtrar contenidos, disponen de un programa que saca estadísticas de navegación por internet y hay un funcionario que una vez por semana las analiza. En función de estos resultados, el banco decide si bloquea alguna dirección web que esté siendo utilizada en exceso o le llama la atención a algún trabajador. El BCU no dispone de cuenta de Facebook ni Twitter, aunque sí de un canal de Youtube.

De acuerdo a Federico Muttoni, gerente de la consultora Advice, por lo general las firmas multinacionales suelen tener una política de uso de las redes sociales, mientras que a las uruguayas les cuesta más. “En la medida que las personas sean responsables en el uso de las redes sociales, estas incluso pueden llegar a favorecer a las empresas. Además, si a la generación Y no le damos  acceso, su motivación y su conexión con el mundo digital pueden verse afectadas y lo que pretendemos que sea para cuidar la productividad la puede estar hiriendo. El problema no son las redes sociales sino el compromiso y motivación de los empleados”, indicó.

Sospechosos sin Facebook

No obstante la reticencia de ciertas empresas a la hora de habilitar el uso de las redes sociales, muchas otras las utilizan para el proceso de selección de su personal. Según publicó esta semana el diario español ABC, hay departamentos de recursos humanos en EEUU que rechazan a los jóvenes que no tengan cuenta en Facebook, así como algunos   psicólogos indican que no estar en las redes sociales puede ser considerado sospechoso, ya que puede enmascarar un comportamiento antisocial o alguna otra cosa que no se quiera que salga a la luz.

La revista alemana Der Taggspiegel llegó incluso a relacionar a Breivik Anders, autor del asesinato de 77 personas en Noruega el año pasado, y James Holmes, acusado por el tiroteo en el cine de Denver, debido a que ambos no tenían perfiles en Facebook. Tampoco tenían amistades en el mundo real.

Pero más allá de estos casos extremos, la tendencia de chequear el perfil de los candidatos a un puesto de trabajo en las redes sociales se está extendiendo en el mundo y en Uruguay, señaló Muttoni. Agregó que las empresas ven como algo positivo que los candidatos estén en estas plataformas, especialmente en Linkedin (no obstante solo el 2% de los uruguayos utiliza el sitio web, según el estudio de Radar).

“A veces las empresas solicitan ‘informes ambientales’, que tratan de establecer en qué condiciones vive (el candidato) en su ámbito personal, en algunos casos hasta se visita la casa. En Argentina es muy usado”, indicó Muttoni. Sin embargo, un estudio de Advice establece que solo el 35% de los uruguayos que busca trabajo lo hace a través de las redes sociales, un número muy inferior a lo que se maneja a nivel internacional.

Más allá de que sea para conseguir un trabajo o para mantenerlo, el uso de las redes sociales afecta cada vez más la relación entre las empresas y los empleados. El consejo de los expertos consultados es, en principio, tener en cuenta las repercusiones que pueden generar los comentarios en estos sitios web y limitar los instrumentos informáticos que provee el empleador a su uso laboral. No obstante, sería importante establecer una regulación a nivel judicial, destacó Larrañaga:”En la medida en que se establecen reglas claras, los actores saben cómo moverse”.

Autores

observa.com.uy