A partir de hoy la Corte analizará la legalidad de la fórmula que el regulador ha aplicado para definir las tarifas.
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio ayer un espaldarazo a la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) al resolver, por unanimidad, que no hay violación constitucional alguna en el artículo 9 A de la Ley Federal de Telecomunicaciones, que faculta a ese organismo regulador para intervenir y resolver disputas de interconexión entre operadores cuando estos no lleguen a un acuerdo privado entre ellos.
Será hoy cuando los ministros de la SCJN analicen y, en su caso, determinarán la legalidad de la fórmula que el regulador ha aplicado para calcular y definir tales tarifas.
De esta forma, el máximo tribunal consideró que se niega el amparo a la empresa quejosa, es decir a Axtel, que hizo uso de ese recurso en contra de la constitucionalidad del Artículo 9 A de la Lefete, así como de la legalidad de la fórmula utilizada por el regulador para resolver discrepancias con Telcel.
Tales definiciones se refieren el periodo 2006 – 2007, durante la administración de Héctor Osuna en la presidencia del organismo regulador, en cuyos parámetros se incluyeron “externalidades”, es decir, el cobro de diversos componentes, además de los costos de proveer este insumo, con los que se permitiría que las redes móviles se pudieran extender.
Manuel McFarlan, Jefe de la Unidad de Verificación y Supervisión de la Cofetel, dijo al finalizar la sesión del Pleno de la SCJN, que existen cuatro amparos y que el análisis del máximo tribunal resolvió a la parte de la constitucionalidad, con lo que se fortalece el organismo regulador y que durante el resto de la semana los ministros se dedicarán a realizar el análisis respecto de la legalidad.
Es un reconocimiento al Artículo 9 A, afirmó Manuel McFarlan, titular de Verificación del organismo.