La SIC le impuso dos sanciones, cada una, por 11.334.000 pesos, luego de que se comprobara que consultó la información crediticia de sus clientes y no les informó luego del motivo.
Por haber consultado en la base de datos de DataCrédito con un fin diferente al del cálculo de riesgo crediticio y no informar a los titulares cuál fue el uso de los datos obtenidos, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) anunció que impuso a la sociedad Colombia Móvil (Tigo) dos sanciones, cada una por 11.334.000 pesos (más de US$6.000).
Dice el infiorme que dentro de las investigaciones adelantadas, la entida de control concluyó que se estaban consultando datos personales de manera indiscriminada, toda vez que el proveedor de servicio de comunicaciones, averiguó la historia crediticia de un ciudadano que adquirió una línea en la modalidad prepago, a sabiendas de que en este tipo de contratos no se genera ningún riesgo económico o posible incumplimiento por parte del suscriptor.
La Superintendencia de Industria y Comercio fue clara en advertir a la empresa sancionada que en este tipo de situaciones, cuando el ciudadano no contrae la obligación de pagar sumas periódicas o cargos adicionales (como sucede con las cláusulas de permanencia mínima), sólo puede consultarse la información reportada en las centrales de riesgo cuando se haya dado una autorización específica para ello, explica la entidad estatal en un comunicado.
Asimismo, la Dirección de Investigación de Protección de Datos Personales fue clara en señalar que no es suficiente justificar la consulta de la historia crediticia de un titular indicando que éste solicitó un servicio, sino que es necesario acreditar la intención que tuvo el ciudadano de adquirir el producto o servicio que genera el riesgo crediticio, destaca el informe.