En el país, cerca de 150.000 personas están afiliadas a planes de salud privados.
En Bolivia, cerca de 150.000 personas están afiliadas a planes de salud privados, de las cuales unas 100.000 (66%) se encuentran en Santa Cruz, informó la Clínica Foianini, uno de los principales actores del seguro prepago en el departamento.
Ambas cifras se originan en boletines estadísticos a los que tiene acceso el hospital privado, explicó Ángel Guidi, gerente Comercial de Vitalia, plan de salud dependiente de esa empresa cruceña.
“En Bolivia existe un número considerable de personas que contratan y/o acceden a este tipo de servicio”, informó por su lado la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS) en respuesta a un cuestionario enviado por La Razón.
“Una vez haya concluido el periodo de adecuación” en el sector, “la APS evaluará los productos registrados y la producción generada por las entidades de prepago de salud autorizadas, información con la cual contará con datos precisos sobre clientes de este tipo de servicios que serán dados a conocer a la opinión pública”, indicó la institución reguladora.
Según la Asociación Boliviana de Aseguradores (ABA), el sistema nacional de seguros prepago está conformado por clínicas, centros médicos odontológicos, universidades y otras empresas nacionales y extranjeras (de Argentina, Ecuador, México y otros países) que por un pago anticipado ofrecen directa o indirectamente prestaciones destinadas a la atención o tratamiento de la salud de las personas, servicios que durante el periodo del contrato pueden ser utilizados o no por el cliente.
En menos de tres años, “Vitalia cuenta con 7.500 usuarios” y más de 60 empresas afiliadas, “todos en Santa Cruz, porque nuestro plan nace con un servicio directo de Clínica Foianini, que además es la primera institución acreditada internacionalmente” para dar esta atención, dijo Guidi.
Guidi explicó que el Plan de Salud de la Foianini se basa en brindar la mejor calidad de atención a sus afiliados y que el crecimiento de ese servicio está limitado a Santa Cruz, que es la ciudad donde está su clínica.
Roberto Leigue, director del plan IncorSalud de la Clínica Incor, reveló a su vez que cuentan con unos 1.500 afiliados y que ese número está en aumento.
Las empresas que administran ambos planes de salud se encuentran en pleno proceso de adecuación a la nueva normativa aprobada por el Gobierno, informaron sus principales directivos.
El 9 de octubre de la pasada gestión, la APS emitió la Resolución Administrativa 1363/2018, que aprueba el Reglamento para Entidades Prepago de Salud, una asignatura pendiente para el desarrollo del mercado boliviano asegurador luego de la aprobación de la Ley 1883 de Seguros promulgada en junio de 1998.
“Las entidades de seguros prepago hasta el momento no se habían constituido como tales, pero sí trabajaban como si lo fuesen”, afirmó tras aprobarse la norma el entonces presidente de la institución José Luis Camacho.
“Toda actividad de seguros debe ser controlada por la APS, pero algunas clínicas no cuentan con autorización, no cumplen los requisitos que se exige a las compañías de seguros, entre ellos los financieros ni los que deberían cumplir como empresas prepago, pero seguían comercializando seguros”, alertó el ejecutivo.
El representante de Incor dijo que en el rubro no están de acuerdo con el reglamento de adecuación, porque ponen a las entidades prepago de salud en las mismas condiciones que las compañías de seguros, siendo que éstas últimas trabajan en varias ramas.
En esa línea, Guidi mencionó que las aseguradoras tradicionales tienen fines financieros, en cambio las entidades prepago cuentan con un enfoque social preventivo en beneficio de sus afiliados.
Periodos. “Estamos actualmente con el proceso. Como (la APS) es un ente regulador y es un tema que está sujeto a auditorías y ciertos controles, no es un proceso de adecuación corto, sino que lleva meses y años”, apuntó el Gerente Comercial de Vitalia.
A diferencia de las compañías que son parte de la Asociación Boliviana de Aseguradoras, los planes de salud privado no están aglutinados en ningún ente, por lo que no se cuenta en el país con cifras oficiales sobre la cantidad de empresas que hay en el sistema ni el número total de afiliados.
Pese a las dificultades, el proceso de adecuación representa para todo el sector una oportunidad para la generación de alianzas y la mejora de servicios.
En una entrevista concedida a El Financiero en diciembre de 2018, Camacho afirmó: “Creo que lo que se va a generar son oportunidades de negocios, de incorporación societaria, de fusiones o adquisiciones, ya sea de compañías de seguros a las prepago y viceversa. Eso es lo que ocurre en cualquier mercado que comienza a regularse y cuando no existen los capitales o la tecnología para poder sostener las operaciones”.
“El sector regulado significa para las clínicas y las prepago un manejo distinto de su negocio, hay un know how (conocimiento técnico y administrativo), un capital, una tecnología que ellos también tienen que desarrollar, eso genera una oportunidad tanto para el sector asegurador como para el sistema prepago a fin de impulsar alianzas estratégicas”.
“Todas las aseguradoras tienen el capital, la tecnología, los recursos y ellos poseen toda la parte de producción de servicios, la clínica, la infraestructura, los equipos y los médicos (...). Estoy seguro de que muchas firmas de seguros ya han comenzado a conversar con clínicas o empresas prepago para poder dar el servicio, eso es un hecho”, dijo.
Plazo para el rubro vence el 2 de agosto
Las empresas que no cumplan la norma no podrán dar el servicio
Las empresas del sistema prepago de salud tienen hasta el 2 de agosto de este año para adecuarse al nuevo reglamento emitido por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS); caso contrario, no podrán seguir ofreciendo el servicio.
El 9 de octubre del año pasado gestión, la reguladora estatal emitió la Resolución Administrativa 1363/2018, que aprueba el Reglamento para Entidades Prepago de Salud, un marco legal pendiente para el desarrollo de ese mercado luego de la aprobación de la Ley 1883 de Seguros, promulgada en junio de 1998.
Esa norma daba 120 días calendario al rubro para su regularización, un plazo que fue ampliado por “210 días calendario” con la Resolución 1740/2018. “El plazo” que tienen para su adecuación o regularización legal “las empresas que ofertan y comercializan servicios de prepago de salud (...) fenece el 2 de agosto de 2019; por lo que esperamos que la mayor cantidad de firmas que prestan estos servicios inicien este trámite”, informó la APS a La Razón.
“Una vez vencido dicho plazo, las que no se hayan adecuado, no podrán ofertar, comercializar ni prestar servicios de salud prepagados en el país”, advirtió la institución reguladora.
El reglamento tiene el objetivo de regular la actividad de entidades prepago para que cuenten con la suficiente credibilidad, solvencia y transparencia, garantizándose así un mercado competitivo. Norma aspectos como la constitución de estas firmas y su funcionamiento, composición, inversiones, solvencia, obligaciones, operaciones, contratos, características técnicas y comercialización.
Hasta la fecha, la APS recibió “dos” solicitudes de autorización para la constitución de entidades de prepago de salud, trámites que deben cumplir con toda la documentación legal y requisitos técnicos que les permitirán a estas empresas operar legalmente.
Registros. En el mercado de seguros, por otra parte, una entidad aseguradora de seguros de personas y dos corredoras de seguros adecuaron el objeto social en sus documentos constitutivos para poder ofertar y comercializar e intermediar servicios prepago de salud, detalló la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros en respuesta a las consultas de este medio.
De acuerdo con la Asociación Boliviana de Aseguradores, el sistema prepago de seguros está conformado hoy por clínicas, centros médicos odontológicos, universidades y otras empresas nacionales y extranjeras (de Argentina, Ecuador, México y otros países) que por un pago anticipado ofrecen directa o indirectamente prestaciones destinadas a la atención o tratamiento de la salud de las personas, servicios que durante el periodo del contrato pueden ser utilizados o no por el cliente.