Según señala un medio chileno, la FIFA había demandado en 2013 en Argentina a la compañía en relación con el uso de la marca “Brasil 2014”.
De forma inédita el consorcio empresarial chileno Cencosud logró ganarle en tribunales a la Federación Internacional de Fútbol Asociado (FIFA) un juicio por el uso indebido de una marca registrada.
Según consigna el Diario Financiero, la FIFA había demandado en 2013 en Argentina a la compañía chilena en relación con el uso de la marca “Brasil 2014”.
El juicio, que hasta ahora se había mantenido en reserva en Argentina, tuvo hace poco su sentencia definitiva en la Corte Suprema de ese país.
El litigio tuvo origen cuando la federación de fútbol demandó a la firma que lidera el chileno Horst Paulmann porque esta última ofreció en Argentina y como gancho comercial para su tarjeta de crédito, un viaje para cuatro personas con todo pagado para presenciar los dos primeros partidos que disputaría la selección albiceleste en el mundial de 2014 en Brasil.
En la campaña publicitaria se ofrecía el premio para ver en vivo y en directo partidos del mundial “Brasil 2014”, frase entrecomillada que estaba patentada por la organización con sede en Zürich. Esto último motivó que la entidad internacional buscara compensación económica en tribunales “por el aprovechamiento indebido de sus activos intangibles”.
En paralelo, pretendían que la justicia argentina ordenara a Cencosud pagar para que la sentencia condenatoria (que no fue tal) se publicara en los medios escritos de ese país que tuvieran circulación masiva, además de que se le impusieran las costas del juicio.
Sin embargo, los tribunales trasandinos fallaron en contra de la FIFA en primera y en segunda instancia, dándole la razón a la empresa de retail de origen nacional.
Todo quedó zanjado luego que la Corte Suprema de Argentina archivara la causa luego de desestimar un recurso de queja interpuesto por la FIFA en contra de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal.
En esa primera instancia el fallo sobre la utilización de la frase “Brasil 2014″ en la publicidad indicó que “la realidad es que la promoción aludía claramente al Mundial de Fútbol que tuvo su sede en Brasil en el año 2014, y que “Brasil 2014” es una marca cuya propiedad ostenta la accionante (la FIFA), hecho público y notorio que la demandada no podía desconocer por aquel entonces, en que el público argentino, en su mayoría, aguardaba con especial interés y pasión”.
El fallo continúa señalando que “Empero, juzgo que en la especie la marca no fue utilizada con fines de identificación de un producto o para buscar la confusión del público consumidor… considero que se trató de un uso lícito de la frase en cuestión con el fin de promocionar un producto y que para ello se buscó la atracción del público consumidor a través de la promesa de un premio eficaz.”
La FIFA y sus auspicios. El enojo del ente rector del balonpié mundial se fundamentó que que Cencosud no era parte del listado de sponsor oficiales de cara a la cita mundialera de Brasil.
Según la entidad, como organizadores del magnoevento sólo quienes eran parte de sus auspiciadores tenían derecho a utilizar la mencionada frase y ofrecer acceso a los estadios como promoción a sus clientes argentinos.
Luego del reclamo inicial del organismo futbolero, previo a la demanda, Cencosud utilizó la frase “Participa por un viaje a Brasil para disfrutar en familia en 2014” para vender sus productos.
La FIFA en esta oportunidad recurrió legítimamente a tribunales para resolver un conflicto que afectaba su patrimonio -en este caso intangible-, situación que contrasta con sus estatutos en los que prohíben a los clubes miembros acudir a la justicia ordinaria para zanjar situaciones.