La Corte Suprema acogió un recurso de casación y anuló el registro de marca del medicamento Cefurox, por similitud fonética y gráfica con el registrado por el Laboratorio Saval S.A., Cefirax.
La Corte Suprema acogió un recurso de casación y anuló el registro de marca del medicamento Cefurox, por similitud fonética y gráfica con el registrado por el Laboratorio Saval S.A., Cefirax.
El fallo disponible en el portal de Poder Judicial señala que el artículo 20, letra H de la Ley 19.039, prohíbe inscribir marcas “iguales o que gráfica o fonéticamente se asemejen de forma que puedan confundirse con otras ya registradas“.
Con respecto a la similitud señalada, agrega que “al estar la expresión “CEFIRAX” prácticamente contenida en la marca solicitada “CEFUROX”, sin que la sustitución de dos vocales, resulte suficiente para crear un signo distintivo” agregando que junto a otros elementos “puede confundirse con el de la recurrente, por lo que la causal invocada se verifica plenamente”.
El Cefirax es un antibiótico utilizado para el tratamiento de enfermedades respiratorias provocadas por microorganismos que producen infecciones como bronquitis, otitis o sinusitis. El Cefurox, que también corresponde a un antibiótico, cuenta con otro tipo de composición, por lo que el Tribunal decidió evitar una posible confusión, que podría afectar directamente a quienes se les administra estos medicamentos.
Esto lo confirma señalando que “se busca evitar la posibilidad de error o engaño en los consumidores sobre la cualidad de los productos y la procedencia empresarial de los mismos, circunstancias que impiden su protección de marca”.
De esta forma el fármaco registrado por el Laboratorio Saval S.A. continuará en el mercado bajo el mismo nombre, mientras que el Cefurox, como marca, será anulado.