Dentro de los casos es cuando el usuario deba pagar cuentas en donde las entidades promotores de salud no tengan centros de atención.
La Superintendencia de Salud explicó que los usuarios de las EPS tienen derecho a reclamarle un reembolso a estas entidades en tres ocasiones. La primera cuando fueron atendidos en urgencias de una IPS que no tenía convenido con la promotora y que debió pagar por dicha consulta.
También lo puede solicitar cuando recibió una atención médica específica que la EPS había autorizado previamente. Y, por último, en caso de incapacidad, imposibilidad o negativa injustificada.
El usuario deberá enviar (a las oficinas o vía mail) una solicitud escrita con los detalles de lo ocurrido - especificar qué derecho le fue violado-, anexar los documentos de prueba - como fórmulas médicas o copias de las facturas-, copia de la cédula y de la historia clínica. Cabe resaltar que, de presentar pruebas incompletas, podría generar autoinadmisorio por parte de un juez.
El usuario tiene 15 días hábiles para reunir las pruebas y mostrarlas ante el ente regulador. Si la EPS no responde, el paciente deberá dirigirse a la superintendencia que, en este caso, actuará como un juez de la salud. La Superintendencia aclara que el tiempo de espera para una respuesta es incierto, pues todo depende del proceso.