El proyecto incorpora los nuevos criterios que deben aplicarse para la graduación de sanciones y las condiciones eximentes y atenuantes de responsabilidad.
Lima. El reglamento de Sanciones del Mercado de Valores incorporará nuevos criterios para la graduación de sanciones y un listado enunciativo de medidas correctivas que podrán dictarse al momento de determinarse la responsabilidad administrativa en procedimientos sancionadores.
La información se dio a conocer luego que la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) autorizara la difusión del proyecto de modificación del Reglamento de Sanciones, a fin de adecuarlo a los cambios efectuados a la Ley del Procedimiento Administrativo General, así como introducir otras modificaciones resultado de la experiencia en los últimos años.
Según publica Gestión, el reglamento también incorpora eximentes y atenuantes de responsabilidad, precisándo las condiciones que deben cumplirse para la aplicación del eximente de subsanación voluntaria.
Otras de las modificaciones realizadas, está el reconocimiento de la SMV para que declare de oficio la prescripción y que el plazo para resolver procedimientos sancionadores es de nueve meses y prorrogable tres meses, sin incluir el procedimiento recursivo.
En el texto reformado se incorpora la obligatoriedad de notificar los informes de instrucción, así como los que se emitan en la evaluación de los recursos de reconsideración y apelación, lo que les permitirá formular sus alegaciones antes del pronunciamiento correspondiente.
El proyecto se encuentra en fase de consulta ciudadana y se difundirá en el Portal del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe) hasta el 18 de febrero de 2018.