La secretaría general del organismo exigió el levantamiento de la medida “de manera inmediata", la cual estaba orientada a la aplicación de aranceles a los productos originarios de Colombia y Perú.
La Secretaría General de la Comunidad Andina (SGCAN) no autorizó al Ecuador la aplicación de salvaguardias cambiarias o aranceles del 21% a los productos originarios de Colombia y 7% a los de Perú. Mediante su resolución 1762 difundida este sábado pidió además el levantamiento de “manera inmediata” de la medida.
El gobierno ecuatoriano decidió establecer esos aranceles a partir del pasado 5 de enero, pues adujo que las devaluaciones monetarias del peso colombiano y sol peruano tienen efectos desfavorables sobre la economía local.
En un análisis, la SGCAN concluye que “no encontró elementos suficientes para verificar la existencia de una perturbación a las condiciones de competencia como consecuencia de depreciación de las monedas de Colombia y Perú”.
El pasado jueves, el ministro de Comercio, Francisco Rivadeneira, mencionó que los aranceles a ambas naciones “se mantienen por el momento... hasta que decidamos desmantelar la medida en la semana del 23 (de febrero)...”, excluyendo a la mayoría de materias primas y bienes de capital. Además que sería sustituida por un mecanismo multilateral.
Este Diario consultó este sábado mediante mensajes a Rivadeneira y al viceministro Genaro Baldeón sobre si hay una postura sobre la resolución, pero no respondieron.
Rivadeneira intervino en el enlace sabatino realizado en Pomasqui, donde expresó que la medida busca proteger a la industria local. Agregó que Ecuador está “en un legítimo derecho de utilizar esta herramienta que está permitida dentro del contexto de los países de la Comunidad Andina”.
Para Cecilia Álvarez-Correa, ministra de Comercio, Industria y Turismo de Colombia, la decisión “es resultado de nuestras incansables gestiones ante ese organismo...”.
Magali Silva, ministra de Comercio y Turismo de Perú, indicó que continuará trabajando con Ecuador para facilitar el comercio bilateral.