El gravamen afecta a productos como el arroz, el azúcar, el maíz, la leche y algunos productos lácteos, mediante un impuesto que consiste en una exacción fiscal adicional a la tasa aduanera cuando los precios de referencia internacional del producto caen por debajo de un límite.
Guatemala ha planteado una disputa comercial con Perú ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) en relación con un impuesto adicional que las autoridades de Lima imponen a la importación de varios productos agrícolas procedentes del país centroamericano, informaron fuentes diplomáticas.
Según la notificación guatemalteca, el gravamen afecta a productos como el arroz, el azúcar, el maíz, la leche y algunos productos lácteos, mediante un impuesto que consiste en una exacción fiscal adicional a la tasa aduanera cuando los precios de referencia internacional del producto en cuestión caen por debajo de un límite.
Guatemala considera que esta medida puede ser incompatible con las obligaciones internacionales de Perú, ya que el impuesto adicional parece tener la naturaleza y las características de un gravamen variable o de un precio mínimo a las importaciones, algo incompatible con el espíritu del acuerdo agrícola de la OMC.
El país centroamericano argumentó también que el impuesto adicional es contrario al Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio (GATT), al constituir un derecho o una carga distinta al derecho de aduanas propiamente dicho, y al Acuerdo sobre Valoración Aduanera.
Guatemala hizo oficial ante la Secretaría de la OMC la solicitud de consultas por este asunto, que es el primer paso dentro del proceso de resolución de disputas comerciales de esta organización.
Se abre ahora un plazo de 10 días para recibir una respuesta por parte de Perú, cuyos representantes debe facilitar el inicio de consultas en un plazo máximo de 30 días naturales.
El periodo máximo de consultas es de 60 días, a menos que las partes implicadas pacten otro plazo.
La idea de las consultas es dar a las partes la oportunidad de encontrar una solución pactada sin necesidad de litigio, pero si esas consultas fallan, el demandante puede solicitar la constitución de un panel de expertos para pronunciarse sobre el caso.
La resolución del panel puede ser recurrida, en un proceso que puede llegar a prolongarse años hasta su solución final.