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México pone condiciones para aceptar reglas automotrices más duras en renegociación del TLCAN
Miércoles, Agosto 8, 2018 - 07:54

Los negociadores mexicanos han mantenido como líneas rojas el que no se elimine el capítulo donde se regulan casos de resolución de controversias Estado-Estado y que no se incorpore la cláusula sunset en el sentido de que el TLCAN terminaría cada quinquenio.

Ciudad de México. México pidió blindar la viabilidad y la operación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) con la exclusión de la cláusula sunset con muerte súbita y la permanencia del capítulo 20, como condiciones a las posiciones que ha cedido en cuanto a las reglas de origen del sector automotriz.

Los negociadores mexicanos han mantenido como líneas rojas el que no se elimine el capítulo 20, donde se regulan casos de resolución de controversias Estado-Estado y que no se incorpore la cláusula sunset en el sentido de que el TLCAN terminaría automáticamente cada quinquenio, a menos que los tres países acordaran antes renovar ese pacto comercial.

Fuentes ligadas a la negociación informaron que estas dos condiciones son inamovibles para México, porque implicarían, de lo contrario, terminar de facto con el TLCAN.

México condicionó ambos asuntos, entre otros, a las concesiones que ha hecho en materia de reglas de origen, en las que, según las mismas fuentes, el gobierno mexicano ha hecho concesiones en tres sentidos: en la incorporación del elemento laboral, en el aumento del contenido regional y en el incremento del uso de ciertos metales locales en la producción de vehículos automotores.

Se confirmó que los negociadores mexicanos han planteado plazos de transición tanto para el aumento del contenido regional de las reglas de origen como para el porcentaje del contenido de un vehículo fabricado con mano de obra pagada de US$16 o más por hora para tener derecho a ser exportados sin cobro de aranceles en el marco del TLCAN.

Algunos observadores señalan que el endurecimiento de las normas de origen sería costoso para los consumidores e introduciría ineficiencias para las empresas, lo que también podría hacer que los bienes producidos en América del Norte sean menos competitivos en los mercados mundiales de exportación.

También afirman que es engorroso cumplir con complejas reglas de origen que pueden aumentar los costos del comercio. Sostienen que estos costos administrativos adicionales podrían llevar a las empresas a no aprovechar las preferencias arancelarias del TLCAN, sino más bien a importar productos a través de aranceles de nación más favorecida.

En particular, esto podría ser cierto para las pequeñas empresas, ya que carecen de conocimiento sobre el sistema de certificación TLCAN. La propuesta de Estados Unidos sobre el ajuste de las normas de origen ha sido vista como uno de los temas más controvertidos en las negociaciones.

OMC vs TLCAN. Por otra parte, las disposiciones de solución de controversias del TLCAN eran innovadoras en el momento en que se negoció el pacto. Según el capítulo 20, el acuerdo creó un mecanismo de Estado a Estado aplicable, por primera vez, en un Tratado de Libre Comercio, para resolver disputas derivadas del acuerdo.

Este mecanismo de solución de controversias rara vez se ha utilizado, en parte porque las disposiciones del TLCAN se superponen sustancialmente con las de la Organización Mundial de Comercio (OMC), que entró en vigor un año después del TLCAN.

De acuerdo con el Congreso estadounidense, el sistema de solución de diferencias de la OMC se ha utilizado ampliamente —más de 500 casos interpuestos por miembros de la organización— debido a las ventajas percibidas, incluido un mecanismo de apelación y un creciente cuerpo de precedentes.

Si el TLCAN se revisa con disposiciones que no están en los acuerdos de la OMC, los páneles del TLCAN se pueden usar más y su capacidad de funcionar adecuadamente puede examinarse en cualquier renegociación.

En el capítulo 11, que trata sobre controversias entre inversionista-Estado, la Casa Blanca propuso un mecanismo que incluye los términos opt-in y opt-out, con los que para iniciar el levantamiento de un tribunal (pánel), la parte demandada tiene la opción de someterse al caso o no. De oponerse, el proceso ni siquiera inicia.

Finalmente, Estados Unidos planteó que en el capítulo 19, en el cual se abordan los casos de prácticas desleales de comercio, por dumping o subsidios prohibidos, se seguirán estableciendo los páneles de solución de controversias, pero los resultados finales de los mismos serían opcionales en cuanto a su acatamiento.

Autores

El Economista (México)