El cambio refleja la evolución de la política fiscal de ambos países desde el 24 de julio de 1992.
Ciudad de México. Los gobiernos de México y España modificaron el convenio bilateral para evitar la doble imposición en materia de Impuestos Sobre la Renta y el Patrimonio y Prevenir el Fraude y la Evasión Fiscal.
La modificación refleja la evolución de la política fiscal de ambos países desde el 24 de julio de 1992, cuando se firmó el convenio en Madrid, informó Hacienda.
A través de un comunicado, la dependencia informó que el convenio modificado otorga beneficios para eliminar las cargas fiscales que obstaculizan el flujo de inversiones.
"Mediante el protocolo se ajustó la tasa de retención en el caso de dividendos, quedando una tasa general de 10% y se estableció una exención cuando el beneficiario efectivo de los mismos sea un fondo de pensiones residente del otro Estado contratante o una sociedad residente en el otro Estado Contratante, cuyo capital esté dividido en acciones o participaciones, y siempre que dicha sociedad posea directamente al menos 10% del capital de la sociedad que paga los dividendos”, dijo la SHCP.
La tasa de retención para intereses se estableció en 4.9% de su importe bruto tratándose de intereses pagados por préstamos concedidos por bancos o cualquier otra institución financiera y compañías de seguros, así como los pagados sobre bonos y otros títulos de crédito negociados en mercados de valores.