El Centro Nacional de Comercio Exterior será el encargado de administrar las subastas especiales.
El Banco Central de Venezuela (BCV) será el ente encargado de determinar el tip de cambio aplicable a la subasta correspondiente o el tipo de cambio implícito que se genere de las subastas del Sicad.
Así se desprende de la Gaceta Extraordinaria N° 6.125 que circula este miércoles en el que se publica el Convenio Cambiario N° 26.
Agrega el convenio que: "El Cencoex, al cierre de cada acto, efectuará el proceso de adjudicación, e informará de ello al BCV a los efectos de que el instituto emisor determine el tipo de cambio aplicable a la subasta correspondiente, o el tipo de cambio implícito que se genere por el precio de la postura de compraventa en bolívares de los títulos denominados en moneda extranjera, según sea el caso; tras lo cual, el Cencoex procederá a notificar los resultados al mercado financiero por los sistemas de información pública y/o especializados, según términos de la convocatoria.
La normativa señala que las subastas especiales de divisas a través del Sicad "podrán ser realizadas con posiciones mantenidas por personas naturales y jurídicas del sector privado que deseen presentar ofertas por la República y por el BCV, así como cualquier otro ente expresamente autorizado por el Centro Nacional de Comercio Exterior".
Añade el documento que el Cencoex será el encargado de regular los términos y condiciones de las subastas del Sicad.