La Aduana expidió las normas generales para hacer efectiva esta devolución a los exportadores. Las variantes se refieren a los coeficientes usados para la devolución de aranceles y que ahora se ajustan a la realidad de cada sector.
El proceso para la devolución de los impuestos que pagan los empresarios por importar materia prima e insumos, que son usados para elaborar productos de exportación, tiene cambios.
La Aduana expidió las normas generales para hacer efectiva esta devolución a los exportadores. Las variantes se refieren a los coeficientes usados para la devolución de aranceles y que ahora se ajustan a la realidad de cada sector.
Antes, este mecanismo se manejaba por series de productos y ahora es por ítems. Cada insumo debe especificar el porcentaje de utilización en el producto final y su coeficiente individual de devolución.
El reintegro se realizará por el 100% de los tributos al comercio exterior efectivamente pagados en las importaciones de productos, sin embargo, los rubros que se devolverán por ad-valórem (impuesto que se paga sobre la mercancía) no podrán superar el 5% del valor de transacción de las mercancías exportadas.
Para el caso del IVA, la devolución será del 100% a través del Servicio de Rentas Internas. No obstante, los exportadores no podrán requerir el retorno si lo usan como crédito tributario.
La Federación Ecuatoriana de Exportadores estimó que serán beneficiados el sector de manufacturas, a más de otras cadenas que proveen de cartones, y plásticos a rubros como flores, banano y otros.
Daniel Legarda, vicepresidente ejecutivo de Fedexpor, explicó que el sector ha solicitado revisar el porcentaje de devolución para el caso de los aranceles, que ahora no puede exceder el 5% del valor FOB de la exportación.
Dijo que en Perú para mitigar los impactos de la crisis internacional durante el 2008, 2009 y parte del 2010 se determinó una devolución del 8%.
Otro cambio que se incorpora en la devolución es el hecho de que ahora el trámite se deberá realizar por vía electrónica.