El anteproyecto autoriza al Estado otorgar “incentivos generales” para las inversiones que se destinen a proyectos contemplados en el Plan de Desarrollo Económico y Social e “incentivos específicos” para las propuestas de inversión preferente.
Con la futura Ley de Promoción de Inversiones, el Gobierno boliviano ejercerá mayor control a las inversiones que ingresen al país y otorgará incentivos a aquellas destinadas principalmente a proyectos para la industrialización de los recursos naturales y al cambio de la matriz productiva.
Este miércoles, el presidente Evo Morales entregó el anteproyecto de Ley de Promoción de Inversiones al empresariado privado para que efectúe un análisis técnico de la norma y presente sus observaciones y sugerencias.
El texto, al que tuvo acceso La Razón, dispone que la inversión extranjera que ingrese al país deberá registrarse en el Banco Central de Bolivia (BCB) “en formatos específicos que garanticen la captura de información referida a los aportes y modalidades de inversión establecidas”.
El ente emisor otorgará un certificado de ingreso de aportes para invertir en el Estado. Para ello, establecerá un reglamento. El ex presidente del BCB Armando Méndez dijo que la medida es “un registro” por el cual el Estado “será un fiscalizador riguroso de las inversiones extranjeras”. Para el analista económico Julio Alvarado será un mecanismo positivo para controlar la “inversión directa real” porque en el país hay “deficiencias” en las estadísticas en este tema.
La norma añade que los ministerios cabeza de sector harán el “seguimiento periódico a las inversiones que se efectúen en su sector y en particular a las inversiones preferentes”. Al respecto, Alvarado aseguró que los ministerios podrán hacer un “seguimiento estadístico” de las inversiones privadas, pero el procedimiento de control de éstas provocaría “un desincentivo más para las inversiones”.
Incentivos. El anteproyecto autoriza al Estado otorgar “incentivos generales” para aquellas inversiones que se destinen a proyectos contemplados en el marco del Plan de Desarrollo Económico y Social (PDES) e “incentivos específicos” para los destinados a proyectos de inversión preferente.
Para Méndez, la ley concreta lo dispuesto en la Carta Magna que establece “que el Estado es el encargado del desarrollo económico en el país y por ello es quien orienta dónde debe ir la inversión privada (...). En la norma, la inversión privada nacional o extranjera se subordina a los intereses que el Estado determine”.
Alvarado mencionó que dar incentivos a las inversiones “no tiene relevancia” porque la ley “no tiene sentido si el Gobierno no se compromete a dar seguridad a las inversiones”. La ministra de Planificación, Viviana Caro, aseguró que la norma dará seguridad jurídica al inversor y al Estado. Con ello, la ministra sostuvo que se espera atraer inversiones al país. “Creemos que esto va a ser un paso importante para poder avanzar hacia las metas de la agenda 2025”, aseveró.
La ley ordena que la “rentabilidad de las propuestas de proyectos de inversión preferente, no esté condicionada a los incentivos” otorgados. Las inversiones preferentes son aquellas que en el marco del PDES se dediquen a proyectos para la “industrialización de recursos naturales y el cambio de matriz productiva, asociados a la transferencia tecnológica y a la generación de empleo digno”.
Dichas inversiones son aquellas vinculadas al desarrollo de una o varias etapas al complejo productivo o de servicios avanzados en las áreas de hidrocarburos, minería, infraestructura, energía y otras que generen valor agregado y complementariedad con la inversión estatal.
Asimismo, las destinadas primero a sectores productivos no tradicionales que den valor agregado y a las orientadas a la generación de los polos de desarrollo en actividades de interés estratégico para la economía o reduzcan las desigualdades económicas, sociales y regionales en el país. Méndez indicó que al país continuarán llegando inversiones para el sector petrolero, pero no para otros sectores porque no “es atractivo” para los inversores internacionales que buscan invertir de “forma libre (y) sin subordinarse a un plan estatal”.
Municipios y regiones. Los gobiernos subnacionales darán incentivos para las inversiones que ayuden a erradicar la pobreza y a reducir la desigualdad económica, social y regional.
Capitalistas extranjeros deberán reinvertir sus utilidades. El Estado boliviano suscribirá “contratos de asociación” con los inversionistas extranjeros para el “aprovechamiento de los recursos naturales” si estos últimos garantizan la reinversión de las utilidades económicas en el país.
El parágrafo II del artículo 15 del anteproyecto de Ley de Promoción de Inversiones dispone que los “inversionistas extranjeros que suscriban contratos de asociación para el aprovechamiento de recursos naturales” deben cumplir con lo establecido en el artículo 351 de la Constitución.
La Carta Magna señala que el Estado podrá firmar dichos contratos con “personas jurídicas, bolivianas o extranjeras, para el aprovechamientos de los recursos naturales, debiendo asegurarse la reinversión de las utilidades económicas en el país”.
Para el analista económico Julio Alvarado es un “error” lo establecido en la Carta Magna porque se ahuyentará la llegada de inversiones. “Con esto, quién va a querer invertir en el país si está obligado a reinvertir sus ganancias”.
El ex presidente del Banco Central de Bolivia (BCB) Armando Méndez coincidió con Alvarado al afirmar que la medida “no atraerá inversiones extranjeras porque es una restricción que no se puede cambiar porque ya está normada”. La norma autoriza además al Estado dar incentivos a las inversiones que tendrá una vigencia temporal, que aplicarían de uno a 20 años dependiendo de la actividad económica. Pero, los incentivos se pueden cancelar o suspender si no cumplen los objetivos por los que se les dio o por el incumplimiento de las inversiones.
Los ministerios plantearán los tipos de incentivos. Los incentivos generales y específicos a las inversiones serán propuestos por los ministerios cabeza de sector al ministerio de Planificación. Para ello, en el primer caso se adjuntará el estudio de identificación de oportunidades y resultados esperados en la economía y, para el segundo, el proyecto del inversionista y la evaluación del ministerio.
Bolivia no avalará contratos de crédito externo o interno. Con la norma, el Estado no avalará ni garantizará contratos de crédito externo o interno suscritos por personas naturales o jurídicas de derecho privado, bolivianas o extranjeras. El analista económico Julio Alvarado dijo que es positivo, pues si una firma invierte en el país “debe asumir sus riesgos y el Estado no puede hacerse cargo de esto”.
Los tratados deberán adecuarse a la nueva ley. La Disposición Adicional Segunda del anteproyecto de ley indica que los tratados referidos a inversiones extranjeras que sean renegociados conforme a la Constitución Política del Estado (CPE), deberán adecuarse a las regulaciones establecidas en la presente ley y formalizarse a través de acuerdos marcos de inversión.
Estado descontará deudas por pasivos ambientales. En caso de solución de controversias por nacionalizaciones, el Estado reconocerá un pago justo y oportuno. El pago justo descontará deudas tributarias, laborales, sociales y pasivos ambientales y se realizará en el país, en moneda nacional, garantizándose su libre convertibilidad y transferencia al extranjero, señala el Artículo 27.