La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) determinó que en virtud de "la experiencia recogida" es necesario adecuar los criterios de aplicación "de la sanción de clausura".
Buenos Aires. El Fisco argentino endureció las sanciones contra las empresas que no registran a sus trabajadores con el objetivo de combatir la informalidad laboral, según publicó en el Boletín Oficial de la Nación.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) determinó que en virtud de "la experiencia recogida" es necesario adecuar los criterios de aplicación "de la sanción de clausura a los empleadores que omitan registrar a los trabajadores" de forma reincidente, apuntó la resolución.
La nueva normativa se aplicará cuando la AFIP detecte infracciones que involucren a "dos o más trabajadores" y la situación laboral de al menos uno de ellos no se encuentre debidamente regularizada.
Las infracciones contempladas para proceder a la clausura podrán ser de "cualquier tipo", formal o material, desde el incumplimiento de obligaciones impositivas a incumplimientos en materia de seguridad social cometidas dentro de los cinco años anteriores.
En función de la gravedad de las faltas, las clausuras irán de "tres a cinco días corridos".
Hasta ahora, la ley castigaba con clausura la situación irregular de todos los trabajadores de la empresa y solo preveía su aplicación cuando la reincidencia se producía sobre una sanción "en firme" por la misma falta dentro del mismo año.
Según las cifras oficiales, el empleo no registrado representa un 34% del mercado laboral de Argentina.
A finales del pasado diciembre, tras la asunción del nuevo equipo económico del gobierno, encabezado por Axel Kicillof en el Ministerio de Economía, el Ejecutivo de Cristina Fernández fijó la reducción de la informalidad laboral como una de sus principales metas para 2014.
El nuevo régimen de sanciones entrará en vigor a partir de mañana y las clausuras se efectuarán "sin perjuicio" de que se apliquen otras multas por otros incumplimientos.