La medida -que lleva la firma de la presidenta Cristina Fernández, del jefe de gabinete, Juan Manuel Abal Medina; y del ministro de Economía, Hernán Lorenzino- fue adoptada tras la reforma de la Carta Orgánica del Banco Central.
El gobierno dispuso la utilización de "reservas de libre disponibilidad" del Banco Central para cancelar "la totalidad de los servicios de deuda con organismos financieros internacionales correspondientes al presente ejercicio fiscal".
Lo hizo a través del decreto 928/2012, publicado en el Boletín Oficial.
La medida -que lleva la firma de la presidenta Cristina Fernández, del jefe de gabinete, Juan Manuel Abal Medina; y del ministro de Economía, Hernán Lorenzino- fue adoptada tras la reforma de la Carta Orgánica del Banco Central, aprobada por el Congreso el pasado 22 de marzo.
"Dispónese la cancelación de la totalidad de los servicios de deuda con organismos financieros internacionales correspondientes al presente ejercicio fiscal con reservas de libre disponibilidad, en la medida que se cumpla el requisito previsto en el artículo 6° de la Ley Nº 23.928, modificado por la Ley Nº 26.739, por hasta la suma de U$S 2.179.000.000", ordena el primer artículo del decreto.
Luego, en el 2º artículo, dispone "la reasignación del remanente de recursos que al cierre del ejercicio 2011 ha quedado disponible en cuentas del Tesoro Nacional, en virtud de no haberse agotado durante el año 2011 los recursos dispuestos por el decreto 276 de fecha 3 de marzo de 2011, por un total de U$S 95.351.973,83".
"A efectos de lo dispuesto en el artículo 1° del presente decreto, el Banco Central de la República Argentina procederá a transferir a cuentas del Tesoro Nacional, en una o varias operaciones, la suma de dólares estadounidenses equivalente a la diferencia entre el monto previsto en el artículo 1° de la presente medida y el monto correspondiente al remanente no utilizado de recursos disponibles en las cuentas del Tesoro Nacional de conformidad con lo previsto en el artículo 2° precedente", indica el texto de la norma en su artículo 3º.
En ese marco, añade en el mismo punto que "como contraprestación, el Banco Central de la República Argentina recibirá instrumentos de deuda emitidos por el Tesoro Nacional consistentes en una o varias letras intransferibles denominadas en dólares estadounidenses, por hasta un monto total de U$S 2.083.648.026".
Según se indica, esto último será "a un plazo de 10 años, con amortización íntegra al vencimiento, que devengarán una tasa de interés igual a la que devenguen las reservas internacionales del Banco Central de la República Argentina para el mismo período y hasta un máximo de la tasa LIBOR anual menos 1 punto porcentual", mientras que "los intereses se cancelarán semestralmente".
En los considerandos del decreto se subraya que "el gobierno nacional, en el marco de sus políticas financieras, está ejecutando un proceso de desendeudamiento externo" y que "dicha política se ha revelado eficaz para disminuir los costos de endeudamiento público, en el marco de la autonomía decisoria que caracteriza a la política económica nacional".