Jorge Bravo sostuvo que se tiene un universo de 100.000 potenciales beneficiarios para este régimen, que solo es para personas naturales que pagarían el 7% o 10% de Impuesto a la Renta.
El Régimen Temporal de Repatriación de Capitales, cuyo formulario de declaración jurada puede ser presentado desde este lunes, generaría el ingreso al Perú de US$1.000 millones a US$1.900 millones en este año, dijo el experto en temas tributarios, Jorge Bravo.
“Se ha estimado que Perú recibiría inmediatamente en este año, por este acogimiento, entre US$1.000 millones y US$1.900 millones”, manifestó.
Repatriación de capitales beneficiaría a 100.000 peruanos
Bravo sostuvo que se tiene un universo de 100.000 potenciales beneficiarios para este régimen, que solo es para personas naturales que pagarían el 7% o 10% de Impuesto a la Renta.
“Solo pueden acogerse a este régimen personas naturales, que no estén comprometidas en delitos tributarios. Para ellos se ha establecido dos tasas, que me parece son bastante convenientes”, afirmó.
El especialista explicó que las personas cuyo dinero es declarado a la Sunat, pero se queda fuera del Perú, pagarán una tasa de 10% de Impuesto a la Renta. Pero si el dinero es ingresado a la red bancaria del país la tasa baja a 7%.
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) indicó la semana pasada que ya estaba listo el formulario para iniciar el requerimiento.
La declaración jurada se debe presentar hasta el 29 de diciembre del 2017, a través de la web www.sunat.gob.pe. Para ello, el usuario deberá contar con su Código de Usuario y Clave SOL.http://andina.pe/agencia/noticia-hasta-1900-millones-ingresaria-al-peru-...
La Sunat precisó que este régimen es una única oportunidad para que la persona natural, sucesión indivisa o sociedad conyugal domiciliada en el país pueda declarar, repatriar e invertir en el país las rentas no declaradas generadas hasta el 31 de diciembre del 2015.
Asimismo, indicó que el pago del impuesto se debe realizar hasta el día de presentación de la Declaración Jurada y que el régimen de repatriación asegura la confidencialidad de quienes se acojan al mismo.