Desde 2007 hasta 2011 los representantes del capital y el trabajo habían declarado como fracasadas las negociaciones del sueldo de subsistencia.
Los representantes del capital y del trabajo vuelven a sonreír. Como un hécho histórico es calificado el esfuerzo de la comisión tripartita para negociar, de una manera satisfactoria, el porcentaje de aumento al salario mínimo que regirá para 12 categorías entre 2012 y 2013. Además, se determinó de una manera racional un aumento contemplado entre 2012 y el 2014 para la industria textil y de la confección.
En un acto efectuado ayer en Casa de Gobierno, el presidente Porfirio Lobo, la cúpula del Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep) y la dirigencia de las tres centrales del país, firmaron el acta de cierre de las negociaciones del salario mínimo.
Además, el presidente Lobo y el Secretario del Trabajo, Felícito Ávila, suscribieron el acuerdo número STSS-001-2012, en donde se fijan las 13 categorías salariales, subdivisiones y sus salario respectivo por mes, día y hora.
Dirigentes obreros y empresariales coinciden en que desde 2007 no se cristalizaba una negociación salarial que beneficia a unos 500.000 obreros diseminados en el territorio nacional y que se encuentran bajo esa estructura.
El acuerdo
Las partes determinaron, según el directivo del Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep), Benjamín Bográn, proyectar un salario mínimo de acuerdo con las características económicas de Honduras, sus principales socios comerciales y su entorno regional.
Fue así que de común acuerdo se determinó retornar a las categorías salariales y a los rubros productivos para definir este indicador económico. "Las empresas que tienen entre 1 y 50 trabajadores recibirán a partir del presente mes un ajuste del 5,6%; las empresas que tienen entre 51 y 150 empleados tendrán un incremento de 6,26% y las que tienen más de 150 trabajadores, se les concederá un incremento de 7,25%", detalló el dirigente gremial.
Además, se logró un tratamiento diferenciado para la industria maquiladora del país en donde laboran más de 100.000 hondureños, la mayoría, mujeres.
Desde hace unos meses, la Asociación Hondureña de Maquiladores (AHM) informó de una acelerada migración de industrias textiles hacia Nicaragua, debido a mejores condiciones salariales, un clima de seguridad jurídica y ciudadana favorable a la inverión pública.
Además de establecer este horizonte salarial para dos años, se establecieron cláusulas de salvaguarda para proteger los intereses de los trabajadores.
"Dependiendo de cómo se comporten los índices de inflación establecidos en un rango entre un 4% y 8% anual, se revisará el salario mínimo. Caso contrario se mantendrán estables", expresó el director de Salarios Francisco Altamirano.
En el artículo tercero del referido Acuerdo Ejecutivo número STSS-001-2012, se aprobó el acuerdo excepcional adoptado en forma tripartita para la fijación del salario mínimo aplicable para el año 2014, específicamente para las empresas adheridas al régimen de zonas libres, a través del cual se fija el mismo en un monto de 5.380,70 lempiras mensual.
El presidente de la Asociación Hondureña de Maquiladores (AHM), Daniel Facussé, expresó que este acuerdo es histórico porque trasciende a la clásica revisión salarial. "Hemos logrado que las partes se reiteran el respeto y se comprometan a trabajar de manera continua", expresó.
La determinación de un salario mínimo a tres años en la maquila contribuye a blindarse en contra de los cambios bruscos en la economía mundial.
Complementos
Según el director de Salarios, contribuyó el compromiso suscrito en el marco de esta comisión tripartita de mejorar la atención médica en el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), la calidad de la capacitación en el Instituto Nacional de Formación Profesional (Infop).
Existe el compromiso del gobierno para fortalecer a la Suplidora Nacional de Alimentos Básicos (Banasupro) para que la inflación no consuma en el corto plazo el ajuste salarial concedido.
Mientras el presidente del Cohep, Santiago Ruiz, enfatiza en el mejoramiento de la calidad asistencial del Ihss y en una reforma en el Infop, los sindicalistas solicitaron que no se cohartara el derecho a la libre sindicalización.
Ruiz se preguntó por qué s una persona que es atendida en el Seguro Social se le brinda una atención de tercera categoría pese a que el sector privado y el trabajador pagan sus cotizaciones. "Creo que nuestros trabajadores deben tener sus medicamentos a tiempo y sin importar su costo, así como recibir su atención médica y la cirujía en el momento que sea necesario", expresó el dirigente empresarial.
Se busca, además, llegar de la manera más expedita y sin intermediarios a los centros laborales, con productos de la canasta básica a precios razonables que contribuyan con la economía de los obreros.
"En este nuevo proceso se busca omitir la intermediación comercial y que a los obreros se les deduzca de su planilla el costo correspondiente de los alimentos", expresó Ruiz.
El presidente de la Asociación Hondureña de Maquiladores (AHM), Daniel Facussé, anunció que los y las trabajadores y trabajadoras de la maquila dispondrán de guarderías en los centros de trabajo para atender a sus hijos. "Este es un antiguo anhelo de nuestros trabajadores", expresó Facussé.
Para el director de Salarios estos elementos complementarios son básicos para la sostenibilidad de este histórico acuerdo y que continúe la armonía, así como las sonrisas en los rostros de empresarios y obreros.
Montos en algunos rubros
El Acuerdo Tripartito sobre la Revisión y Fijación del Salario Mínimo para el presente año menciona el monto que recibirán los trabajadores en las diferentes actividades y fue fijado de acuerdo al número de empleados en las empresas:
Industria manufacturera, fabril y artesanal:
De 1 a 10 empelados L 6.181,52; de 11-50 empleados L 6.580,46; de 51 a 150 empleados L 6.878,62; y de 151 en adelante L 6.944,01.
Comercio al por mayor y menor, restaurantes y hoteles:
De 1 a 10 empelados L 6.388,80; de 11-50 empleados L 6.580,46; de 51 a 150 empleados L 6.878,62; y de 151 en adelante L 6.944,01
Establecimientos financieros, bienes inmuebles y servicios prestados a empresas:
De 1 a 10 empelados L 6.563,04; de 11-50 empleados L 6.759,93; de 51 a 150 empleados L 7.066,21; y de 151 en adelante L 7133.39
Actividades de investigación, seguridad, limpieza de edificios:
De 1 a 10 empelados L 6,563.04; de 11-50 empleados L 6,759.93; de 51 a 150 empleados L 7.023,65; y de 151 en adelante L 7.023.65.
El pago de salario nuevo salario mínimo estará vigente a partir del 1 de enero de 2012.