La operación con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) se aprobó por US$50 millones con cada uno, informó la cartera de Economía y Finanzas.
Lima. El Ministerio de Economía y Finanzas peruano aprobó sendas operaciones de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) por un total de US$100 millones.
En ese sentido, mediante Decreto Supremo, publicado este jueves en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó una operación de endeudamiento externo con el BID hasta por US$50 millones para financiar el “Programa de mejoramiento de la productividad y competitividad”.
La cancelación de la operación de endeudamiento externo es mediante cuatro cuotas, en los siguientes porcentajes del monto del préstamo y fechas:
- 26% el 15 de enero de 2025
- 26% el 15 de julio de 2025
- 24% el 15 de enero de 2027
- 24% el 15 de julio de 2027
Las cuotas devengan una tasa de interés basada en la LIBOR a tres meses, más un margen a ser determinado por el BID de acuerdo con su política sobre tasas de interés.
El referido endeudamiento externo con el BID está sujeto a una comisión de crédito sobre el saldo no desembolsado del préstamo, que es establecido periódicamente de conformidad con las disposiciones aplicables de la política del BID, sin que exceda el 0,75% anual.
Durante el periodo de desembolso no hay comisión de inspección y vigilancia, salvo que el BID la restituya, en cuyo caso no puede cobrarse en un semestre determinado más de 1% del monto de financiamiento dividido por el número de semestres comprendidos en el plazo original de desembolsos.
Con el BIRF. Asimismo, vía Decreto Supremo, se aprobó una operación de endeudamiento externo con el BIRF hasta por la suma de US$50 millones, destinada a financiar parcialmente el proyecto “Creación del servicio de catastro urbano en distritos priorizados de las provincias de Chiclayo, Lambayeque, Lima y Piura”.
La cancelación de esta operación de endeudamiento externo con el BIRF es mediante seis cuotas semestrales y consecutivas, en los siguientes porcentajes del monto del préstamo y fechas:
- 10% el 1 de agosto de 2026
- 10% el 1 de febrero de 2027
- 20% el 1 de agosto de 2027
- 20% el 1 de febrero de 2028
- 20% el 1 de agosto de 2028
- 20% el 1 de febrero de 2029
Las cuotas devengan una tasa de interés basada en la LIBOR a seis meses, más un margen a ser determinado por el BIRF de acuerdo con su política sobre tasas de interés.
El referido endeudamiento externo con el BIRF está sujeto al pago de una comisión de compromiso del 0,25% anual sobre el monto por desembolsar del préstamo, así como una comisión de financiamiento del 0.25% sobre el monto total del préstamo, por una sola vez.