La cartera fiscal señala en un informe que fue presentado a las cooperativas la pasada semana, que las modificaciones a la Ley N° 438/94, de Cooperativas, entre las cuales figura la obligación de pago del 10% del IVA sobre los actos de intermediación de servicios crediticios, no suponen un impuesto que recae sobre la institución.
Asunción. El Ministerio de Hacienda insiste en que la aplicación del IVA a las cooperativas tendrá bajo impacto sobre el costo de los préstamos, tal como sucedió cuando se aumentó a 10% para las transacciones de los bancos y las financieras. Además, dice que no recae sobre la institución sino sobre los consumidores finales.
La cartera fiscal señala en un informe que fue presentado a las cooperativas la pasada semana, que las modificaciones a la Ley N° 438/94, de Cooperativas, entre las cuales figura la obligación de pago del 10% del IVA sobre los actos de intermediación de servicios crediticios, no suponen un impuesto que recae sobre la institución.
Explica que son los tomadores de crédito quienes lo deben asumir, como ocurre con cualquier transacción crediticia por lo que no se comparte el reclamo de los representantes del sector cooperativo de que afectará el acto cooperativo.
Sobre este particular, sostiene que es escasa la incidencia que este tributo tendrá para los asociados a las cooperativas, así como tampoco representará riesgo alguno para el volumen operativo de las entidades.
Indica que las cooperativas de ahorro y crédito se verán afectadas por el IVA al prestar el servicio de intermediación financiera, pero como todo impuesto indirecto, la carga del IVA se trasladará al consumidor final a través del precio, que en este caso será el interés del crédito.
A modo de ejemplo, señala que tomando como supuesto que las cooperativas de crédito apuntan a un segmento donde el promedio de los créditos oscilan entre G. 1 millón y G. 3 millones, el impacto del IVA sobre el interés mensual es apenas G. 1.666 por mes, que representará en total solo G. 20.000 por cada millón para un préstamo con las condiciones financieras del ejemplo (ver cuadro ilustrativo). “El IVA total que absorberá el prestatario equivale solamente al 2% del monto del capital del préstamo”, añade la cartera.
“Es por eso que el Ministerio de Hacienda se reafirma en que el impacto para los usuarios de las cooperativas será mínimo, y tenemos el ejemplo de lo sucedido con los bancos, financieras y las asociaciones, quienes tuvieron ajustes en el IVA con la Ley N° 5061/13, y quienes también protestaron, pero hoy están abonando normalmente y el crédito sigue creciendo”, expresa. Además, argumenta que la aplicación del IVA a las cooperativas será beneficiosa para ellas mismas, ya que hoy en día todas las compras que realizan lo hacen con IVA y no tienen cómo descargarlo y lo asumen como un costo. “En cambio, con la aplicación del impuesto podrán descargar su IVA, disminuyendo sus costos financieros y esa reducción de costos podría volcarse en beneficio de sus propios asociados a través de servicios más baratos, por ejemplo con tasas de interés más competitivas”, argumenta. Hacienda reitera que tomó el camino “de ir revisando todos los sectores que aún cuentan con tratos tributarios diferenciados sobre todo en el caso del IVA, que por definición es un impuesto general, que debe afectar a todos, y no solo están ahí las cooperativas, también hemos incorporado al sector primario y a otras entidades sin fines de lucro”. A criterio de la cartera, ayudará a continuar con la formalización de la economía.