La suscripción de un convenio de intercambio de datos impositivos con Argentina quedó demorada luego de que la presidenta Cristina Fernández, cuestionara que en el texto negociado a nivel técnico no se incluyera la retroactividad.
Los expertos en tributación de consultoras privadas están convencidos de que la cláusula de no retroactividad en el convenio tributario con Argentina es irrenunciable. Según consultas de El Observador no hay dos opiniones sobre ese punto, ya que en él se juega la credibilidad del país y la confianza en el mantenimiento de reglas de juego claras.
Además, de acuerdo a los comentarios del comité de asuntos fiscales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), “el intercambio de información no tiene por qué ser retroactivo”. Lo que sí sugiere es que el tema se deje aclarado en el tratado.
La suscripción de un convenio de intercambio de datos impositivos con Argentina quedó demorada luego de que la presidenta Cristina Fernández, cuestionara que en el texto negociado a nivel técnico no se incluyera la retroactividad en la solicitud de información.
Ese punto plantea el hecho de que ante el envío de información sobre los activos de un ciudadano argentino en territorio uruguayo, el órgano recaudador del país vecino no pueda usar esa información para reliquidar tributos correspondientes a períodos anteriores a la entrada en vigencia del convenio.
Esa fue una de las condiciones impuestas por Uruguay para firmar el tratado que exige la OCDE. El texto se consensuó a nivel técnico de ambos países hasta “en las comas” y luego se frenó cuando el director de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de Argentina, Ricardo Echegaray, se lo presentó a la presidenta Fernández, informaron fuentes al tanto de la negociación.
Desde el Ministerio de Economía, que comanda la negociación por Uruguay, se aseguró a El Observador que “bajo ningún concepto” se establecerá el carácter retroactivo de lo que se firme.
El ministro de Economía, Fernando Lorenzo, comentó en entrevista con canal 4 que no tiene información sobre el nuevo reclamo de Argentina. “La información que me llega es que se avanza normalmente, y al paso en que avanzan ese tipo de situaciones. Se trata de materias delicadas, de intereses delicados y hay que actuar con prudencia” dijo el ministro.
La cátedra. Gianni Gutiérrez, catedrático asociado de Derecho Tributario de la Universidad ORT, señaló ayer a El Observador que la cláusula de vigencia en el tratado que se vaya a firmar con Argentina “es esencial” y Uruguay deberá seguir negociando hasta obtener la no retroactividad. Recordó que Argentina ya aceptó ese concepto en tratados que firmó, por ejemplo, con China, Bermudas y Mónaco, por lo que Uruguay está en todo su derecho de exigir el mismo trato.
Para el experto, “lo que tiene que demostrar Uruguay es su voluntad de firmar, pero no está obligado a firmar el texto que el otro país le ponga enfrente. Incluso ante las presiones de la OCDE existe un límite. Argentina no puede imponer su voluntad máxime cuando el pedido de Uruguay es razonable” afirmó. Gutiérrez comentó que si Uruguay se niega al intercambio retroactivo no estará violando ningún estándar internacional fijado por la OCDE.
Carlos Loaiza, del estudio Sanguinetti-Fodere abogados, opinó que si hay que pasar información “por lo menos que sea a futuro”. Sostuvo que la estrategia de Uruguay fue la “de minimizar el daño protegiendo la inversión anterior de argentinos en el país” y ahora, viendo la conducta de la administración Fernández, “que no es confiable”, Uruguay debe ser proactivo y actuar como lo hizo Suiza con socios más confiables, como Alemania e Inglaterra. Los suizos acordaron retener impuestos de ciudadanos de esos países y pagárselos a los fiscos sin decir quiénes son los inversores.
Loaiza está convencido de que luego de la retroactividad, Argentina irá por más y, si no le convence la ley que identifica a los dueños de las acciones al portador, recurrirá nuevamente a la OCDE para denunciar a Uruguay.
Marta Roca, del departamento impositivo de Ernst & Young, opinó que el gobierno debería pelear la no retroactividad y no ceder en ese punto. Dijo que Uruguay se distingue por su credibilidad y por mantener las reglas de juego. Si hay un cambio de reglas, deberá ser hacia delante, explicó.
Argumentos similares manejó Enrique Ermoglio, socio de impuestos de la consultora Deloitte. El experto dijo que “lo habitual” en los convenios es que no sean retroactivos. Uno de los motivos por los cuales distintos gobiernos uruguayos dilataron la firma de un acuerdo con Argentina fue para resguardar a los inversores de ese país que tal vez no declaraban esos bienes ante la AFIP. “Firmar la retroactividad en un acuerdo tributario es cambiar las reglas a los inversores que confiaron en el país” afirmó.
Su colega Gonzalo Lucas, también de Deloitte, recordó que Argentina tiene una norma por la cual una variación patrimonial no explicada será gravada con un impuesto a la ganancia, que ronda el 35%.
Argentina, con un acuerdo tributario con Uruguay con vigencia retroactiva, lo que busca es conocer inconsistencias entre las declaraciones de bienes de los argentinos en Uruguay y lo que declaran en su país.
El acuerdo a firmar, advirtió Lucas, puede tener un impacto significativo en lo inmobiliario y no tanto en lo financiero. Para el tributarista, “lo saludable” es que un acuerdo con Argentina reconozca la no retroactividad o permita “un período de blanqueo” donde no se cobre impuesto a la ganancia a los argentinos que declaren sus inversiones en Uruguay.
A estudio de Mujica. El presidente José Mujica dijo ayer al portal oficial que el proyecto de acuerdo tributario con Argentina “está acordado entre los negociadores y ahora está (a) consideración del presidente uruguayo”. El Observador publicó que el texto fue rechazado por la presidenta argentina. Además, negociadores uruguayos informaron que existe consenso a nivel técnico, pero la demora se da en la esfera política.