Esto también avala el camino en cuanto a la negociación del país para tratar de salir de la lista de paraíso fiscal en la que colocó Francia a Panamá y que tendrá efecto a partir de enero de 2017.
Uno de los pasos que Panamá va a dar en materia fiscal es obligar a la empresas a tener sus registros contables en el país, algo por lo cual durante añs había sido presionado.
Hace unos días en una entrevista de ANPanamá con el ministro de Economía y Finanzas Dulcidio De La Guardia este explicó que Panamá siempre ha sido calificado que tiene unas deficiencias en su evaluación en la cual está el tema de registros contables y otra serie de normas y para poder cumplir en el 2018 con el intercambio de información el país va tener que hacer una serie de reformas, incluyendo la obligación que las empresas lleven sus registros contable.
Esto también avala el camino en cuanto a la negociación del país para tratar de salir de la lista de paraíso fiscal en la que colocó Francia a Panamá y que tendrá efecto a partir de enero de 2017.
En la reunión que tuvieron los ministros de economía en Paris luego que ingresara Panampa a la lista francesa de paraísos fiscales los franceses pidieron “una total transparencia en el intercambio de información y la disponibilidad sin restricciones toda la información relativa a los contribuyentes activos o pasivos o franceses ingreso en Francia, como los mantenidos o percibida a través de estructuras en alta mar, es decir que no operan dentro de Panamá económica”.
Además esta transparencia debe cubrir las solicitudes ya realizadas y los que vendrán, incluso en relación con los documentos de Panamá.
Actualmente el código de comercio dice que no hay que tener registros de contabilidad de las sociedades que no operan en Panamá (offshore).
Lo que en palabras más sencillas una empresa puedes estar registrada en Panamá pero si la mayor parte de sus operaciones se hacen fuera del territorio panameño, la información financiera de contabilidad puede estar en su sede o en otro país, y los argumentos en contra es que esto no permiten tener los datos en caso de una investigación.
Para llegar a esto ya se dieron los primeros pasos y el Consejo de Gabinete avaló el Proyecto de Ley que crea la obligación de mantener registros contables para personas jurídicas que no realicen operaciones que se perfeccionen, consuman o surtan sus efectos dentro de la República de Panamá, se regulan los efectos de la suspensión de derechos corporativos, la disolución por imperio de la ley de personas jurídicas y se dictan otras disposiciones.
De acuerdo con la presidencia esta norma establece que las personas jurídicas existentes de acuerdo con las leyes de la República de Panamá que no realicen operaciones que se perfeccionen, consuman o surtan sus efectos dentro de la República de Panamá están obligadas a llevar Registros Contables y mantener su Documentación de Respaldo. La obligación a que hace referencia este artículo incluye también a las Fundaciones de Interés Privado.
Los Registros Contables y Documentación de Respaldo deberán ser mantenidas y estar disponible por un periodo no menor a cinco años.