El presidente de la República entregará el plan de gastos ante el ente de justicia, mientras la AN queda fuera de juego por “desacato”, sin poder incluso reconducir.
Además de la potestad que el Tribunal Supremo de Justicia otorgó al presidente de la República para presentar el proyecto de Presupuesto Nacional 2017, ante la Sala Constitucional del TSJ para su aprobación, y no a la Asamblea Nacional, se establece que la vigencia del plan de gastos estará bajo el control constitucional de esa Sala.
La polémica medida que ha causado duros cuestionamientos en las filas de la oposición y de los propios diputados de la Mesa de la Unidad Democrática, ponen completamente al margen al Poder Legislativo, suprimiendo sus funciones y potestades como órgano elegido por el pueblo.
La vigencia del presupuesto que tendrá rango y fuerza de ley, tendrá vigencia para el ejercicio fiscal 2017, y según la medida del TSJ “estará sujeto a las normas y principios que rigen la materia y al control constitucional de esta Sala conforme a lo dispuesto en los numerales 3 y 4 del artículo 336 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, como parte del sistema de garantías previstos en el Texto Fundamental, sin perjuicio de las atribuciones inherentes al Poder Ciudadano en esta materia”.
Asimismo, para blindar la medida el TSJ decide “que en el presente caso no procede la reconducción presupuestaria y que, por ende, la Asamblea Nacional no podrá alterar en ningún momento las partidas presupuestarias ni pretender obstruir ni incidir en la integridad de las disposiciones establecidas en el correspondiente decreto de presupuesto nacional”.
De estas medidas se puede inferir que el TSJ prevé que la Sala Constitucional apruebe inclusive los créditos adicionales que el Gobierno necesite durante el ejercicio fiscal 2017.
El máximo órgano de justicia justifica su sentencia argumentando que la AN queda fuera de sus atribuciones y de cualquier otro control político que ejerza ese órgano legislativo, “mientras dure el desacato que voluntariamente mantiene la mayoría de diputados que actualmente integran el mismo respecto del orden constitucional y, concretamente, de varias decisiones dictadas por este máximo tribunal de la República, que lo ubica al margen del orden constitucional y que pudiera generar responsabilidad tanto para los diputados en desacato como para quienes cohonesten o participen en ese desacato”.
El TSJ concluye que los desacatos de la Asamblea Nacional comprometen la validez y eficacia de sus actos, en un momento decisivo en el que es preciso definir el necesario plan de gastos de la nación.
Sin embargo, el ente de justicia aclara que las actuaciones, “aún cuando la Asamblea Nacional regresare al cauce constitucional, carecerán de validez y existencia jurídica alguna, por ser extemporáneas”, y ser aplicadas a un instrumento jurídico temporal como lo es el Estado de Excepción y Emergencia Económica, que fue dictado conforme a lo previsto en el orden constitucional y otorga poderes supraordinarios de administración económica, financiera y presupuestaria del Estado al Presidente de la República, contempla la decisión.
Tomando las riendas
De acuerdo con la sentencia emanada del TSJ el Presidente la República deberá presentar el presupuesto nacional ante la Sala Constitucional dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de la presente decisión, bajo la forma de decreto que tendrá rango y fuerza de ley.
El presidente de la República Nicolás Maduro aseguró ayer que la Constitución lo obliga a aprobar el presupuesto nacional 2017.
“Después de discutir el presupuesto el día de mañana (hoy), convocaré al Congreso de la Patria el viernes y aprobaré el Presupuesto de la Nación y lo entregaré al Tribunal Supremo”, aseguró en un acto para la celebración del Día de la Resistencia Indígena.
Maduro fustigó a los diputados de la oposición, llamándolos apátridas e hizo comentarios sobre las diferencias que los tiene “a un paso de autodisolverse”.
Para Maduro también “la Asamblea Nacional está fuera de la ley, y el presupuesto tiene que ser aprobado, porque de eso dependen las escuelas, la construcción de viviendas; del presupuesto dependen las pensiones; las tarjetas hogares de la patria; los programas para los pueblos indígenas; la Constitución me obliga a aprobarlo constitucionalmente a partir del próximo 15 de octubre y lo aprobaré por decreto ley respetando la Constitución”.