Según la propuesta los convenios serían celebrados con empresas de servicios a fin de que éstas sean un canal alternativo para que los afiliados que han dejado de aportar a su fondo de pensiones, puedan realizar, si así lo desean, aportes voluntarios en su cuenta.
Lima. La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó este jueves una propuesta por la cual se establece el marco normativo para que las AFP puedan celebrar convenios que permitan impulsar el aporte voluntario de afiliados a su fondo.
Según la propuesta los convenios serían celebrados con empresas de servicios a fin de que éstas sean un canal alternativo para que los afiliados que han dejado de aportar a su fondo de pensiones, puedan realizar, si así lo desean, aportes voluntarios en su respectiva cuenta de capitalización.
Los aportes serán generados sobre la base de descuentos y/o promociones que le brinde el establecimiento comercial por efecto del consumo de bienes y/o servicios, y que posteriormente serán transferidos a su cuenta de capitalización individual (CIC) como aporte voluntario sin fin previsional.
De esta forma, la AFP debe suscribir convenios con las empresas interesadas en participar en esta iniciativa, las cuales actuarán como “aliados comerciales” y con ello funcionarán como un canal alternativo de recolección de aportes voluntarios.
Con ello, se busca fomentar la cultura del ahorro voluntario en el ámbito del Sistema Privado de Pensiones (SPP).
Depósitos. Para dicho efecto, bajo cierta periodicidad, los aliados comerciales canalizarán los recursos destinados al aporte voluntario sin fin previsional realizados por los afiliados que así lo hayan aceptado, empleando el Portal de recaudación AFPnet.
De este modo, los aportes efectuados a través del aliado comercial figurarán en el estado de cuenta mensual o cuatrimestral que genere su AFP y en caso de atraso en el pago por parte del aliado comercial, éste deberá efectuar el pago asumiendo el interés moratorio respectivo.
Cabe resaltar que serán las AFP quienes deberán implementar los controles necesarios para que los aportes recaudados por los aliados comerciales sean transferidos a la CIC.
Responsabilidades. El convenio que suscriba la AFP con el aliado comercial debe establecer claramente las responsabilidades de ambos, de modo que el afiliado pueda optar por esta facilidad, con la tranquilidad de la seguridad de su aporte.
Cabe precisar que el marco legal que se pone hoy a consulta tendrá un efecto importante para todas las partes que participan en esta iniciativa.
Afiliados. Para el caso de los afiliados se abre la posibilidad de incrementar el saldo de sus cuentas individuales de aportes voluntarios sin fin previsional para la protección de su vejez o financiamiento de otros gastos de manera rápida y sencilla.
Por el lado de las AFP se podrá lograr una mejora en la oferta del producto de aportes voluntarios vía el fomento del ahorro voluntario sin fin previsional y sobre la base de un diseño innovador en la regulación a través del consumo de bienes o servicios.
Participación. Finalmente, en el caso de los aliados comerciales que deseen participar lograrán estrechar su relación con sus clientes a través de la promoción del ahorro entre sus clientes.
Con esta alternativa se abre la posibilidad del uso de canales alternativos de fácil uso para los afiliados que lo deseen, fomentando el ahorro previsional para un futuro mejor.