Se busca que la ley sea aplicable a todos los procesos que se encuentran pendientes de resolución en las oficinas públicas y que ya cumplieron un plazo de 40 días de estar en trámite.
Tegucigalpa. Una Ley para la Depuración de la Mora Administrativa del Sector Público se encuentra en proceso de dictamen en el Congreso Nacional, cuyo objetivo es crear un mecanismo temporal que permita evacuar todos los procesos pendientes de solución en las oficinas del Estado.
La iniciativa fue presentada por el diputado Walter Alex Banegas, miembro del Partido Anticorrupción, que en su exposición de motivos expresa que la mora que actualmente existe se debe a que los procedimientos administrativos se dilatan o demoran por causas no justificadas, incluso, con dilaciones indebidas que dan lugar a muchos actos de corrupción, lo cual causa graves perjuicios al Estado de Honduras.
Indicó que esta ley es aplicable a todos los procesos que se encuentran pendientes de resolución en las oficinas públicas y que ya cumplieron un plazo de 40 días de estar en trámite.
El proyecto de ley en uno de sus artículos ordena a los órganos y entidades de la administración pública sujetos a la Ley del Procedimiento Administrativo que en el plazo improrrogable de 15 días, a partir de la vigencia de la presente ley, deberán enviar a la Presidencia de la República por medio de su secretario de Estado, coordinador general de gobierno, Procuraduría General de la República y Tribunal Superior de Cuentas, un informe detallando las fechas de inicio o presentación del trámite que corresponda y el estado actual de todos y cada uno de los expedientes.
Señala que los empleados y funcionarios responsables del estricto cumplimiento de los plazos legales reglamentarios deberán dictar sin dilaciones o retrasos injustificados las resoluciones administrativas que correspondan en los procedimientos que se encuentran en mora dentro del improrrogable plazo de 30 días a partir de la vigencia de esta ley.
Indica que la Procuraduría General de la República y el Tribunal Superior de Cuentas iniciarán los trámites y diligencias correspondientes para promover las acciones y deducir a los infractores la responsabilidad civil, administrativa y penal de conformidad con la ley.
Asimismo, todos los funcionarios y empleados públicos responsables de la tramitación de procedimientos iniciados en vía administrativa que no adopten las medidas que conduzcan a evitar todo entorpecimiento, demora innecesaria o maliciosa en las diligencias o que retrasen injustificadamente o incurran en defectos de tramitación, serán sancionados en la vía administrativa de conformidad con la ley, sin perjuicio de la deducción de responsabilidades penales y civiles en su caso.