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Colombia establece tres nuevos impuestos por conmoción en Catatumbo
Viernes, Febrero 14, 2025 - 12:00
Foto MHCP Colombia

El Gobierno dejó listo el decreto que aplica tributos temporales a los hidrocarburos, carbón y apuestas en línea.

Este viernes, el Gobierno colombiano publicó el decreto con el que oficializa los tres nuevos impuestos que entrarán como fuente de financiamiento de las medidas ordenadas en medio del estado de conmoción interior por la crisis de seguridad y humanitaria en el Catatumbo.

Las tres nuevas medidas son: IVA a los juegos de azar y las apuestas en línea (actualmente gozan de 0% en este apartado y pasarán a tributar 19%); impuesto de 1% a las ventas de petróleo y carbón (bien sean internacionales o nacionales) y, por último, un impuesto de timbre de 1% para trámites notariales (que superen las 6.000 UVT, poco más de $298 millones).

La administración del presidente Gustavo Petro recaudará estos tres impuestos por toda la vigencia fiscal, es decir, el resto de lo que queda de 2025.

El plan del Gobierno ya había sido revelado por el Ministerio de Hacienda durante una sesión extraordinaria en el Congreso hace unas semanas.

Así funcionarán los impuestos de la conmoción interior

- Juegos de azar en línea: actualmente, los juegos de azar y las apuestas que se manejan en línea no pagan IVA en Colombia y la intención del Gobierno es que estas transacciones queden gravadas con 19 %, como muchos otros productos y servicios en el país.

Esta era una de las previsiones claves de la ley de financiamiento que se hundió en el Congreso y, de paso, fue uno de los puntos que más generó discusión entre los congresistas.

El decreto establece que estos servicios pagarán IVA, así sean operados desde el exterior, que era una de las preocupaciones de los empresarios del sector, pues si no se iguala esa cancha se termina privilegiando a una parte del sector.

- Exportaciones de petróleo: se impone un impuesto de 1 % a “la exportación definitiva al resto del mundo y la primera venta dentro o desde el territorio nacional, de hidrocarburos y carbón”, se lee en el decreto.

El impuesto se causará sobre los siguientes productos, específicamente: “Hullas; briquetas, ovoides y combustibles sólidos similares, obtenidos de la hulla, aceites crudos de petróleo o de mineral bituminoso”. A todos estos bienes se les aplicará una tarifa de 1 %.

- Impuesto de timbre: en la actualidad, este tributo sólo aplica para los trámites notariales sobre bienes inmuebles cuyo valor está por encima de las 20.000 UVT (casi $996 millones para 2025).

La idea es que este impuesto se aplique a los trámites y servicios notariales, especialmente, cuyo valor esté por encima de los $298 millones, pero que no sean referentes a bienes inmuebles porque para estos aplica una tarifa distinta (aprobada desde la reforma tributaria de 2022).

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