Por Maribel Ramírez Coronel, Periodista en temas de economía y salud para El Economista.
Quién no recuerda cuando en todos los medios de comunicación, muy notoriamente en televisión, se anunciaban en horario triple A todo tipo de productos que prometían bajar de peso en forma milagrosa, curas mágicas casi instantáneas para los males más delicados o tener una vida saludable de la noche a la mañana.
Entre 2010 y 2012 el mercado mexicano fue paraíso de los productos milagro que aprovecharon la ausencia de una regulación adecuada en esa época y nos invadieron de infinidad de marcas y productos aparentemente saludables prometiendo el cielo, la luna y las estrellas, pero que en realidad eran engaños y severos riesgos para la salud de los mexicanos.
Esto es ahora historia porque el problema se ha controlado. Podría verse como un milagro pero es una realidad que sí se logró ese control. Y fue porque las autoridades y los legisladores le entraron al tema en forma y hubo cooperación público privada. Se establecieron reglas y normas para los suplementos alimenticios y en enero del 2012 se firmó el decreto que modifica la Ley General de Salud en materia de publicidad. En 2014 se reforzaron las medidas con el reglamento en materia de publicidad, se agilizó la suspensión de publicidad engañosa y no autorizada y se incrementaron en 400% las multas.
Además, a los medios de comunicación se les hizo corresponsables para no permitir anuncios engañosos. Como dice Julio Sánchez y Tépoz, titular de Cofepris, antes lo que un anunciante necesitaba para publicar su publicidad era únicamente entregar el cheque; ahora necesita registro sanitario y autorización, y el medio de comunicación puede verificar la lista de los autorizados antes de pautarlo.
Aún así, las cifras de la publicidad suspendida son impresionantes. Entre 2015 y 2017 Cofepris suspendió 12.141 anuncios publicitarios. En lo que va del 2018 lleva 2.115. Aquí hablamos no sólo de suplementos alimenticios, pues en similares cantidades se han retirado anuncios de cosméticos, de equipos y dispositivos médicos, así como cigarros electrónicos; en menor cantidad pero también medicamentos, servicios de salud y bebidas alcohólicas.
¿Cómo le hace la autoridad sanitaria para controlar ese mundo de anuncios? Cada año licita el servicio de Terceros Autorizados en materia de publicidad que monitorean y hacen el predictamen previo a la autorización.
Entraron en operación en junio de 2017 y hoy son seis empresas: Autorización de Terceros en Publicidad (ATP), Consejo de Regulación y Publicidad Responsable (CRP), Sonne & Mond México (S&M), Tercero Autorizado como Auxiliar en el Control Sanitario de la Publicidad (TAAP), Tercero en Predictamen de Publicidad (TPP) y TRCRO Especializado (TCRO). A la fecha han realizado 1.571 ingresos de pre-trámites y trámites de autorización publicitaria.
Es un ejemplo de cómo puede funcionar la colaboración público-privada. Esas unidades de verificación auxiliares en el control sanitario de la publicidad, permiten con sus predictámenes agilizar la autorización de anuncios de productos y servicios vinculados con la salud. A diferencia de hace unos años, en que las industrias se quejaban muchos de los tiempos de autorización de imágenes y demás material publicitario, hoy el trámite se hace en 5 días hábiles.
Algo relevante es que el trámite ante esos Terceros Autorizados es 100% digital mediante una plataforma electrónica especializada (CRM).
Y precisamente la digitalización del sector es lo que ha permitido que entren igualmente a monitorear la publicidad en internet. Los anuncios web suspendidos de 2011 a lo que va del 2018 suman casi 20.000. En el 2017 hubo un pico de publicidad en internet suspendida pues llegó a 6.598, empujada sobretodo por anuncios de dispositivos y equipo médico (2.806), así como suplementos alimenticios (1070), cosméticos (984) y cigarros electrónicos (894).