En su infancia, esta persona fue contagiada con el virus en el Centro Médico La Raza durante una transfusión sanguínea.
Tras nueve años de litigio la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) pagar una indemnización millonaria a un joven que, en su infancia, fue contagiado con VIH en el Centro Médico La Raza durante una transfusión sanguínea.
En un principio, el proyecto proponía pagar al joven más de 20 millones de pesos (cerca de US$ 1 millón) como indemnización pero, en sesión privada, la Corte modificó la propuesta para que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa establezca el monto final de la indemnización, la cual podría ser superior a lo calculado.
Para ello, los magistrados deberán tomar en cuenta que se violaron los derechos humanos a la salud, integridad personal, igualdad, no discriminación, desarrollo familiar y la libertad reproductiva del entonces menor de edad. El Tribunal tiene 90 días para dar su veredicto.
A propuesta del ministro Eduardo Medina Mora, la Corte condenó al IMSS proporcionar al joven atención médica y psicológica de manera gratuita y vitalicia así como hacerse cargo de manera integral de su salud.
"Es procedente que el Instituto Mexicano del Seguro Social se haga cargo de los daños que infirió, en la lógica de que tal carga fungirá como incentivo para el mejoramiento de un servicio público provisto por el Estado", declaró la Corte.
"En aras de la integralidad en el tratamiento de un paciente con VIH, el Estado, a través del Instituto Mexicano del Seguro Social, no sólo deberá de proporcionar la atención médica estrictamente derivada del padecimiento por infección de VIH, sino que habrá de hacerse cargo de manera integral de la salud del quejoso, incluso en el supuesto de presentar padecimientos cuyo origen no pueda ser directamente atribuible o vinculable a la condición de seropositividad”, detalló la SCJN.
Historia
Excélsior reveló en 2015 que a sus 12 años de edad, Javier fue infectado con el Virus de Inmunodeficiencia Humana durante una transfusión sanguínea en un hospital del Instituto Mexicano del Seguro Social, tras una batalla legal fue indemnizado con “la ofensiva” cantidad de un millón 336 mil pesos para compensarle el daño moral y material ocasionado por haberle infectado durante la transfusión sanguínea.
Tras revisar el caso, un tribunal solicitó a la SCJN fijar un criterio sobre los parámetros que deben aplicarse para cuantificar la indemnización derivada del daño por responsabilidad patrimonial del Estado, causado por una actuación negligente del IMSS al dar atención médica a un menor, así como la forma de salvaguardar el interés superior del mismo, al no existir precedentes exactamente aplicables al caso.
El papá del niño, contagiado en abril de 2008 en el servicio de Hematopediatría del Hospital General de Zona, Dr. Gaudencio González Garza, del Centro Médico Nacional “La Raza", argumenta que el Instituto en ningún momento entregó dictámenes médicos que permitieran evaluar la magnitud y la progresión del daño causado a su hijo.
Además, le negó información sobre el costo promedio anual de atención a una persona infectada con VIH y desatendió el hecho de que dicha infección desemboca en el desarrollo del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (Sida), que es su etapa final.
Destacó que, a diferencia del IMSS, el Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias sí le proporcionó la información sobre el costo promedio anual de atención médica a una persona infectada con VIH que ascendía a 266 mil 766 pesos (US$ 14.144) para el 2008, año en que su hijo fue infectado.
Ante esto el demandante precisa que de acuerdo con una recomendación emitida por la CNDH, lo procedente era indemnizar a toda la familia, integrada por cinco personas: el menor afectado, sus padres y dos hermanos, por ser evidente que “un daño de semejante magnitud, no queda circunscrito únicamente al afectado o a sus padres, sino que irroga su daño en toda la familia en virtud de las consecuencias que en su momento acarrearán”.