Buscan que no se castigue la interrupción del embarazo cuando se corra peligro de muerte o de daños graves.
Excelsior. La presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Senado, Angélica de la Peña, presentó una iniciativa para llevar a la ley la autorización del aborto por razones de salud en todo México, en el contexto del análisis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre este tema.
El objetivo, dice la legisladora federal, es “crear un marco normativo del aborto acorde con la normativa internacional de derechos humanos, al mismo tiempo de homologar nuestra legislación nacional al estándar más alto en la materia”.
Angélica de la Peña propone reformar los artículos 333 y 334 del Código Federal Penal para determinar que “no es punible el aborto sólo causado por imprudencia de la mujer embarazada, cuando el embarazo sea resultado de una violación o de una inseminación artificial, que se refiere el artículo 199 Quárter de este Código”.
Y para disponer que “no se aplicará sanción cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte o de afectaciones a su salud, a juicio del médico que la asista, oyendo éste el dictamen de otro médico, siempre que esto fuere posible y no sea peligrosa la demora”.
En la exposición de motivos, la senadora incluye una parte importante del proyecto difundido por la Corte, recuerda que los órganos internacionales y regionales en materia de derechos humanos han expresado reiteradamente su preocupación por las consecuencias que tienen los abortos ilegales, o realizados en condiciones de riesgo, en el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, por lo que han recomendado a los Estados liberalizar las regulaciones de aborto, así como garantizar el acceso al aborto en los supuestos establecidos por la ley.
“La razón de incluir en esta reforma, además del riesgo de muerte que podría implicar la continuación del embarazo, al aborto terapéutico, radica en que no es justificable que el legislador ordinario imponga la condición de que la mujer esté en peligro de perder la vida, subestimándose con esto un aspecto primordial del bienestar como es la conservación de la salud, pues aun cuando la mujer no muera, su salud puede sufrir serios y permanentes daños, que reduzcan sus expectativas de vida, o la coloquen en grave situación de desventaja”, dice.
La legisladora considera que “no establecer en la ley el riesgo que implica la continuación del embarazo para la salud de la mujer violentaría sus derechos humanos a la protección a la salud, a la integridad y a la seguridad de las personas, entre otros.
“Desde el punto de vista estrictamente jurídico, ambos supuestos (el riesgo a la vida o a la salud de la mujer) se construyen sobre la base del estado de necesidad, y protegen tanto el derecho a la vida, como el derecho a la salud, por lo que la inclusión de ambos supuestos en esta iniciativa se considera pertinente su inclusión para lograr un marco normativo del aborto acorde con la normativa internacional de derechos humanos, al mismo tiempo de homologar nuestra legislación nacional al estándar más alto en la materia”, añade.