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Colombia prepara decreto que regula las comunidades energéticas para impulsar autoabastecimiento
Martes, Diciembre 26, 2023 - 17:15
Fuente: Reuters

Este programa, que es una de las metas más ambiciosas del Plan Nacional de Desarrollo, es una de las apuestas del presidente Gustavo Petro para la transición energética justa. 

Desde hace unos meses, el Ministerio de Minas y Energía de Colombia lanzó el programa de Comunidades Energéticas que tiene como propósito que las comunidades en el país cafetero puedan autoabastecerse mediante el uso de generadores que empleen energías renovables.

Este programa, una de las metas más ambiciosas del Plan Nacional de Desarrollo, es una de las apuestas del presidente Gustavo Petro para la transición energética justa. Antes de conocer el decreto, el Gobierno colombiano ya había hecho el lanzamiento de comunidades energéticas en Barranquilla y en La Guajira, que generarán su energía a partir de paneles solares.

Según datos de la cartera, Colombia cuenta con 768 comunidades energéticas postuladas a este programa, que pretende que personas naturales o jurídicas que tengan la intención de cooperar entre sí, por medio de un contrato, podrán generar y distribuir abastecimiento energético. Además, podrán comercializar los excedentes de energía que resulten después de abastecer sus necesidades.

En Medellín, como lo explicamos en esta nota, se encuentra la primera comunidad energética que, como ha dicho la Escuela de Ingeniería de Antioquia, ha dejado una serie de lecciones. Según escribieron, “la comunidad de La Estrecha (y prácticamente cualquier otra de Colombia) no habría sido capaz de implementar una comunidad solar por sí sola”.

Además, advirtieron que ese modelo podría reproducir los problemas de inclusión que ya se han evidenciado en comunidades energéticas en Europa. Allí, los integrantes de las comunidades son hombres blancos con altos niveles de escolaridad e ingresos y no las comunidades que más podrían beneficiarse.

Ahora, la cartera anunció que esta estrategia había quedado regulada por medio de un decreto. Se trata del decreto 2236 de 2023 que tiene como objetivo “reglamentar parcialmente el artículo 235 de la Ley 2294 de 2023 del Plan Nacional de Desarrollo 2022 - 2026 en lo relacionado con las Comunidades Energéticas en el marco de la Transición Energética Justa en Colombia”.

Lo primero que establece el decreto es una serie de definiciones que no estaban establecidas con anterioridad, como la de autogeneración colectiva; autogenerador colectivo (AC); las condiciones de vulnerabilidad; demanda de energía de los Integrantes de la Comunidad Energética; energía exportada; generación distribuida colectiva; límite máximo de potencia; microrred y Sistema de distribución local (SDL).

Luego explica que las Comunidades Energéticas pueden generar, comercializar y usar eficientemente la energía a través del uso de Fuentes No Convencionales de Energía Renovables -FNCER-, combustibles renovables y recursos energéticos. Y, para ello debe cumplir con una serie de objetivos, como:

- Aumentar la cobertura del servicio de energía y garantizar el acceso de las poblaciones vulnerables a dicho servicio.

- Aumentar la eficiencia energética evitando las pérdidas de energía mediante la proximidad del lugar de generación de energía al lugar del consumo.

- Democratizar la energía a partir de la participación de los usuarios y potenciales usuarios como generadores y gestores de las Fuentes No Convencionales de Energía Renovables, combustibles renovables y recursos energéticos distribuidos.

- Descentralizar la generación, el almacenamiento y el consumo de energía hacia las comunidades, especialmente, hacia las comunidades que experimentan condiciones de vulnerabilidad.

- Descarbonizar la economía a partir de Fuentes No Convencionales de Energía Renovables, combustibles renovables y recursos energéticos distribuidos.

- Desarrollar la economía local y territorial, en el marco del desarrollo sostenible, a partir de la generación de energía, el almacenamiento y el uso eficiente de la energía de las comunidades, especialmente, de las comunidades que experimentan condiciones de vulnerabilidad.

- Aumentar la confiabilidad del sistema mediante la inclusión de Fuentes No Convencionales de Energía Renovables, combustibles renovables y recursos energéticos distribuidos, bajo gestión comunitaria.

- Ofrecer unas condiciones económicas asequibles al servicio de energía para las comunidades, especialmente, aquellas que experimentan condiciones de vulnerabilidad.

- Fomentar o promover modelos de desarrollo energéticos respetuosos con el medio ambiente.

- Generar procesos de aprovechamiento eficientemente y socioambientalmente responsable de los potenciales energéticos renovables regionales.

Asimismo establece que las Comunidades Energéticas podrán asociarse entre sí, a través de un acuerdo y cuyo objetivo sea cooperar en proyectos de generación, comercialización y/o uso eficiente de la energía. También podrán relacionarse con terceros de los sectores público, privado y/o popular.

El decreto además fija nuevas actividades que estarán a cargo de las Comunidades Energéticas, como la autogeneración y la generación distribuida colectiva. También establece la creación del Registro de Comunidades energéticas (RCE), que será administrado por el Ministerio de Minas y Energía.

“Para recibir los beneficios legales y regulatorios establecidos para la Comunidad Energética, esta deberá estar inscrita en la RCE”, dice el documento. En cuanto al tema de recursos, el decreto establece que las comunidades se beneficiarán de los recursos públicos para inversión, operación y mantenimiento de la infraestructura. El monto será establecido basado en los activos de la solución energética.

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