La resolución señala que debe dedicarse 3% del promedio de los cierres de las carteras de crédito brutas al 31 de diciembre de 2009 y al 31 de diciembre de 2010. Para este 30 de junio deberán haber otorgado 1,5% de esos cierres, y para el 31 de diciembre de 2011, 3%.
Los bancos comerciales y universales están obligados a destinar 3% de su cartera de crédito para financiar proyectos turísticos en el país. Así lo establece una resolución del Ministerio de Turismo publicada en la Gaceta Oficial N° 39.612, que circula este jueves.
La resolución señala que debe dedicarse 3% del promedio de los cierres de las carteras de crédito brutas al 31 de diciembre de 2009 y al 31 de diciembre de 2010. Para el 30 de junio de este año deberán haber otorgado 1,5% de esos cierres, y para el 31 de diciembre, 3%.
También se establece que las instituciones financieras de desarrollo, la banca de inversión, la banca hipotecaria y cualquier otra institución "que se haya creado con igual o conexa actividad", están obligadas a destinar 2,5% de esos promedios de cierre, más el porcentaje mínimo sobre la cartera de crédito bruta.
"Los interesados en optar por los financiamientos de proyectos turísticos deberán cumplir con las exigencias y requisitos previstos en la Ley de Crédito para el Sector Turístico", cita la Gaceta.