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Chile: isapres bajo lupa por denuncia de integración vertical
Miércoles, Diciembre 2, 2015 - 15:14

Las Isapres Cruz Blanca, Más Vida y Bandmédica podrían verse sancionadas en ese país por violar la llamada “Ley de Isapres”, al acoger la Superintendencia de Salud un recurso en su contra.

Aún cuando se encuentra prohibido de manera clara y tajante por ley, son repetidos y reiterados los casos en que miembros de los directorios de holdings que controlan a Isapres y clínicas que les prestan servicios médicos, forman –paralelamente– parte del directorio o de la plana ejecutiva mayor de las empresas controladas.

Al menos así lo denuncian tres abogados -Cristóbal Osorio, Gerardo Ramírez y Daniel Contreras- quienes presentaron, el 6 de noviembre pasado, una denuncia específica contra las Isapres Cruz Blanca, Más Vida y Banmédica, “por manifiestas infracciones al artículo 173 del DFL N° 1 de 2005 del Ministerio de Salud, que establece el texto refundido de la llamada “Ley de Isapres”, en tanto, dichas Isapres se han integrado verticalmente con prestadores de servicio de salud”.

Hoy se supo que la Superintendencia de Salud acogió el trámite el 27 de noviembre, lo que abre la posibilidad de sanciones contra las empresas, y les dio a las empresas 15 días para responder a los cuestionamientos

Evidencia. Según los denunciantes, la evidencia que apoya sus reclamos es abundante: “A través de una revisión de documentos públicamente disponibles, como son las Memorias Anuales entregadas a la Superintendencia de Valores y Seguros, las Isapres denunciadas mantienen una sostenida práctica de administración a través de la cual directores y/oaltos gerentes de los conglomerados empresariales controladores de las aseguradoras y prestadoras de salud pertenecen, en paralelo, a los directorios y cuerpos de gestión de sus coligadas, interfiriendo y teniendo injerencia en su administración”. Así, entonces, se encuentran “compartiendo todas las empresas información delicada que expresamente el legislador prohibió”.

Sólo alguien muy ingenuo puede creer que tal cosa no ocurre, afirman los denunciantes, toda vez que “un director de un holding, que tiene el poder de decisión sobre la estructura matriz, que controla -en porcentajes que se acercan al 100%- a distintas empresas relacionadas a la salud dispone, además, la oportunidad de ejercer el cargo de gerente o de director en una de las sociedades controladas”. Tal realidad llegaría al borde de la burla, cuando se considera que “la ley prohíbe la integración vertical entre aseguradoras y prestadores de salud, infracción que aquí se constituye a través de una administración conjunta que vulnera la ley”.

En el texto presentado al ente controlador, se afirma igualmente que “los denunciantes pudieron detectar, a través de consultas comerciales a las Isapres a las que se encuentran afiliadas, que éstas buscan ofrecer planes de cobertura para atención con sus prestadores coligados, lo que constituye una integración vertical prohibida por la ley”.

Prueba de lo anterior, estiman es que, en la práctica, cuando los denunciantes pidieron información sobre las opciones, en las AFP, sobre los centros de atención, “las ofertas presentadas por las aseguradoras siempre contenían las opciones de atención preferente en determinados prestadores de salud, los coligados, estableciendo un importante castigo a la cobertura brindada para la modalidad de libre elección, donde no se prestaba más del 20% de reembolso o financiamiento”.

Y, dado que tal integración se articula en perjuicio del usuario, su mirada no se trata de una interpretación de la ley que podría ser calificada de antojadiza, arguyen: “Dicha prohibición, aclaran, ha sido expresamente reconocida por la Superintendencia de Salud que, a través de su Circular IF/N° 211, de febrero del año pasado, estableciendo que no podrá existir injerencia en la administración entre prestadores y aseguradoras, lo que claramente se ve vulnerado en el caso concreto”.

Visto así, existe “un escenario claro de fraude a la ley -pues es evidente el espíritu de la normativa- en que un holding o grupo empresarial controla, en conjunto, aseguradores y prestadores de salud, incluso laboratorios, lo que ha generado daños a la libre competencia y a la parte más vulnerable del sistema: los cotizantes”. Situación que hace “necesaria la intervención de la Superintendencia de Salud a través de un procedimiento sancionatorio, interpretando que existe una flagrante infracción a la normativa vigente, pues se configura la integración vertical en la administración de las aseguradoras, prestadoras de salud y conglomerados empresariales”.

Sin duda se trata de una denuncia que pone en cuestión tanto la capacidad, o incapacidad, de las empresas del sector para autorregularse, como así la eficiencia del organismo estatal creado para evitar abusos. Los tres abogados han pedido específicamente el “levantamiento del velo corporativo y societario”, esto es, que las autoridades ignoren o prescindan de la forma externa de las personas jurídicas, “para con posterioridad penetrar en su interior a fin de "develar" los intereses subyacentes que se esconden tras ella y alcanzar a las personas y bienes que se amparan bajo el velo de la personalidad, con el objeto de poner fin a fraudes y abusos”.

Autores

Rodrigo Lara