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Chile: Tribunal de la Libre Competencia aprueba fusión Lan-TAM, pero establece once condiciones
Miércoles, Septiembre 21, 2011 - 17:31

El Tribunal de la Libre Competencia de Chile decidió este miércoles aprobar la polémica alianza, sin embargo, estableció medidas de mitigación que buscan lograr competencia efectiva en el mercado aéreo chileno y, mientras ello no ocurra, proteger a los consumidores de los efectos de la concentración.

El Tribunal de la Libre Competencia de Chile (TDLC) decidió la mañana de este miércoles aprobar la fusión entre las aerolíneas Lan y TAM, aunque estableció condiciones que deberán ser cumplidas para salvaguardar una real competencia en el mercado de la aviación comercial.

Las medidas de mitigación del TDLC buscan lograr competencia efectiva en el mercado aéreo chileno y, mientras ello no ocurra, proteger a los consumidores de los efectos de la concentración.

La decisión del TDLC, a favor de las aerolíneas, fue dividida, a pesar del esfuerzo de la organización de consumidores chilena Conadecus, que buscaba frenar la mega alianza aérea.

Las medidas de mitigación son las siguientes:

1).- Intercambio de cuatro pares de slots diarios en el aeropuerto de Guarullhos en Sao Paulo, de los que actualmente LAN o TAM sean titulares, con aquellas aerolíneas que tengan interés en iniciar o en incrementar servicios regulares de transporte aéreo en la ruta Santiago-Sao Paulo.

2).- Extensión de los beneficios del Programa de Pasajero Frecuente de Latam (nombre de la nueva aerolínea que da nombre a la fusión) a pasajeros de una aerolínea interesada, por el plazo de cinco años y en los términos que el TDLC indica.

3).- Suscribir acuerdos de interlínea en las rutas Santiago-Sao Paulo, Santiago-Río de Janeiro y/o Santiago-Asunción con aquellas aerolíneas interesadas que operen dichas rutas y que así se lo soliciten.

4).- No podrá aumentar la oferta mensual de asientos disponibles en los vuelos en la ruta Santiago-Sao Paulo, en el periodo que medie entre 15 minutos antes y 15 minutos después del itinerario de vuelo correspondiente a los slots intercambiados.

5).- LAN deberá modificar su Plan de Autorregulación en los términos que se indican en la resolución.

6).- Deberán renunciar al menos a una de las dos alianzas globales en que a esa fecha participen LAN y TAM.

7).- Eliminación y revisión de los acuerdos de código compartido con aerolíneas que no pertenecen a la misma alianza a que pertenezca Latam, en las rutas y tramos intermedios que se indican.

8).- LAN deberá renunciar a cuatro frecuencias de 5ª libertad a Lima, para que sean adjudicadas a otra aerolínea chilena, y se restringe su partición en licitaciones de nuevas frecuencias.

9).- Compromiso de manifestar su opinión favorable a la apertura unilateral de cielos para cabotaje en Chile por empresas aéreas de otros Estados, sin exigencias de reciprocidad.

10).- Compromiso de promover el crecimiento y la normal operación de los aeropuertos de Guarulhos (Sao Paulo) y Arturo Merino Benítez (Santiago), a fin de facilitar el acceso de otras aerolíneas.

11).- Establecer condiciones de comercialización no exclusorias con Agencias de Viajes y distribuidores, no podrán dar incentivos ni comisiones en relación con metas porcentuales de su venta total u otras medidas equivalentes. Mientras no cumpla íntegramente con la condición (1), no podrán subir el precio de los pasajes aéreos para el transporte de pasajeros ni las tarifas de carga en las rutas Santiago-Sao Paulo y Santiago-Río de Janeiro, y deberán mantener:

* Al menos doce vuelos de ida y vuelta y sin escalas a la semana, operados directamente por Latam en las rutas entre Chile y Estados Unidos.

** Al menos siete vuelos de ida y vuelta y sin escalas a la semana, operados directamente por Latam en la rutas entre Chile y Europa.

Finalmente, deberán contratar a un tercero independiente, que asesorará de la Fiscalía Nacional Económica en los términos que se indican en la Condición XV, para el adecuado monitoreo del cumplimiento las medidas y condiciones de mitigación que se indican.

Dictamen complejo. Las aerolíneas Lan y TAM reaccionaron con cautela ante el dictamen del TDLC. A través de un escueto comunicado, afirman que "el día de hoy el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) de Chile aprobó la fusión entre LAN Airlines S.A. (LAN) (IPSA: LAN / NYSE: LFL) y TAM S.A. (TAM) (BM&F BOVESPA: TAMM4 / NYSE: TAM), lo que representa un paso más en el proceso que siguen ambas compañías para llevar a efecto la transacción".

"Sin embargo, la resolución emitida por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia de Chile es compleja y considera una serie de medidas de mitigación. Por lo anterior, ambas compañías se encuentran analizando en profundidad las implicancias de ésta y el impacto de las medidas de mitigación impuestas por el tribunal", agrega la misiva.

*Lea acá el dictamen completo del TDLC de Chile.

Autores

AméricaEconomía.com