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Colombia estudia compensación económica de operadores telefónicos tras fallo de la Corte Constitucional
Domingo, Febrero 23, 2014 - 14:53

Instancia legal señaló que las inversiones en activos realizadas en el país por los operadores después de 1998 son de su propiedad y no serán revertidas al Estado. Claro y Movistar accedieron antes de ese año al espectro radioeléctrico de telefonía celular.

Bogotá. No se suspenderá el servicio de telefonía celular que prestan las empresas Claro y Movistar por la sentencia de la Corte Constitucional, indicó el ministro de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (Mintic), Diego Molano Vega, al advertir que las inversiones en activos realizadas en Colombia por los operadores después de 1998 son propiedad de ellos y no serán revertidas al Estado.

En un comunicado de prensa, el ministerio explica que la sentencia C-555 de 2013 de la Corte Constitucional reconoce la importancia de la inversión privada en Colombia y garantiza el desarrollo de ésta en el sector de las telecomunicaciones. Aclara que las inversiones en activos realizadas en Colombia por los operadores después de 1998 son propiedad de ellos y no serán revertidas al Estado.

Plantea como excepción los contratos de concesión de Claro y Movistar que fueron firmados antes de 1998 con el fin de usar por 20 años el espectro radioeléctrico que permitió el despliegue de los servicios de telefonía móvil celular 2G. Dice el informe que este espectro otorgado en 1994, es solo una parte del espectro que usan estos operadores para la prestación de sus servicios actuales.

Será el ministerio quien determine cuáles son los activos a revertir y plantea la posibilidad de que dicha compensación sea de tipo económico, precisa el informe. Para ello el ministerio contará con un grupo especializado de peritos para determinar cuáles son los activos asociados a la concesión.

Los operadores podrán solicitar la renovación de los permisos para el uso del espectro, lo que garantiza la continuidad del servicio, reconoce la Corte. Informó el ministerio que Claro y Movistar ya se acogieron al procedimiento que establece la Ley y solicitaron los permisos en noviembre de 2013.

La sentencia hace hincapié en que esta decisión no tendrá consecuencias en la continuidad de la prestación del servicio, reiterá el informe de prensa del ministerio.

"Esta sentencia es una buena noticia para el país porque promueve la inversión privada en las telecomunicaciones y da garantías a los inversionistas", el ministro TIC, Diego Molano.

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ELESPECTADOR.COM