La aplicación de ambos decretos en su conjunto, producirán una variación nominal del 8,1% en la cuenta final promedio.
La Comisión Nacional de Energía de Chile publicó en el Diario Oficial los decretos supremos N° 80 y 83, que fijan precios de nudo promedio para el Sistema Interconectado Central de electricidad -comprendido desde Tal Tal a Chiloé-, determinados con motivo de la indexación de contratos de suministro a distribuidoras y de la fijación de abril de 2010.
La aplicación del decreto supremo N° 80, correspondiente a la indexación de contratos de suministro y a la incorporación de nuevos contratos para una empresa distribuidora, producirá una variación nominal del 2,5% en la cuenta final promedio para clientes residenciales con consumos de 150 kWh mensuales, la que regirá retroactivamente a contar del 1 de abril de 2010.
Por otra parte, la aplicación del decreto supremo N° 83, correspondiente a la indexación semestral de todos los contratos de suministro y a la fijación de precios de nudo de abril de 2010, producirá una variación nominal del 5,5% en la cuenta final promedio para clientes residenciales con consumos de 150 kWh mensuales, la que regirá retroactivamente a contar del 1 de mayo de 2010.
La aplicación de ambos decretos en su conjunto, producirán una variación nominal del 8,1% en la cuenta final promedio.