La sanción contra Holcim había sido impuesta en un principio por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) en 2008 y confirmada en 2010, argumentando que junto a Cemex y Argos, fijó los precios del cemento gris y se repartieron el mercado entre junio y diciembre de 2005.
Bogotá. Luego de que esta semana se conociera que el Consejo de Estado dejó en firme la sanción contra Cemex por haber fijado precios del cemento en el mercado, junto con Argos y Holcim, el alto tribunal tomó la misma decisión para esta última empresa, en sentencia del 21 de junio.
La sanción contra Holcim también había sido impuesta en un principio por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) en 2008 y confirmada en 2010. Según la SIC, las tres empresas fijaron los precios del cemento gris y se repartieron el mercado entre junio y diciembre de 2005.
Para Holcim, la sanción impuesta por la Superindustria en el 2008, mediante Resolución No. 51694 de ese mismo año, ascendió a $ 923 millones (US$314.059). Para su representante legal, Bernard Gerard Terver, el monto fue $ 138 millones (US$46.955).
Hasta el momento, Holcim no se ha pronunciado. Sin embargo, este viernes Cemex afirmó en un comunicado que “estima que cuenta con los argumentos legales y económicos que demuestran su correcto actuar en el mercado colombiano, razón por la cual estudiará las vías legales adicionales que pueda interponer para continuar defendiendo su posición”. En el país, frente a la decisión del Consejo de Estado no proceden recursos.
Por su parte, la SIC sostiene que cuenta con evidencia suficiente, como el comportamiento de los precios en el periodo mencionado e “intercambio de información y las reuniones que llevaban a cabo tanto los representantes legales como los responsables del área comercial, lo cual propició la colusión o cartelización entre Argos, Cemex y Holcim”.
Respecto al acuerdo para repartirse el mercado, la entidad afirma que encontró probado que existió un acuerdo entre las tres compañías, con base en el “comportamiento estable de las participaciones de mercado de estas empresas”; el “intercambio de información detallada y desagregada de los despachos nacionales de cemento gris”; entre otros.