El máximo tribunal del país confirmó por unanimidad la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que rechazó un recurso de protección presentado por vecinos.
La Sala Constitucional de la Corte Suprema ratificó que la Fundición Ventanas de Codelco puede seguir funcionando sin inconvenientes, ya que cumple con la normativa legal y con la autorización municipal respectiva. No es la primera vez que la Suprema favorece a Codelco por este conflicto.
Este martes, la Tercera Sala del máximo tribunal del país confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que en su momento rechazó un recurso de protección presentado por vecinos del lugar en contra decisión de la Municipalidad de Puchuncaví que autorizó el funcionamiento de la planta de procesamiento de cobre.
En fallo unánime, los ministros del máximo tribunal del país, Pedro Pierry, María Eugenia Sandoval, Juan Eduardo Fuentes y los abogados integrantes Arnaldo Gorziglia y Raúl Lecaros, ratificaron en todas sus partes la resolución que declaró extemporánea la acción judicial.
El 26 de octubre pasado, el tribunal de alzada porteño había considerado que la presentación contra la resolución que autorizó el funcionamiento de fundición fue interpuesta fuera del plazo legal.
En agosto de 2011, 18 alumnos y un profesor del Colegio Alonso de Quintero fueron evacuados después de resultar intoxicados por una densa nube tóxica, producto de las emanaciones de la refinería.
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