La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) sancionó a las mexicanas Volaris, Interjet, Aeroméxico, VivaAerobus y a la estadounidense JetBlue Airways por cobrar la primera maleta documentada en vuelos desde Ciudad de México a Estados Unidos y Canadá.
El organismo de protección al consumidor de México dijo este martes que impuso una multa de 22.4 millones de pesos (US$1,25 millones) a cinco aerolíneas por cobros indebidos a usuarios por el transporte de equipaje en vuelos internacionales.
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) sancionó a las mexicanas Volaris, Interjet, Aeroméxico, VivaAerobus y a la estadounidense JetBlue Airways por cobrar la primera maleta documentada en vuelos desde Ciudad de México a Estados Unidos y Canadá.
La autoridad dijo que las empresas sancionadas también han incurrido en publicidad engañosa, actos discriminatorios y en poner cláusulas abusivas en contratos de adhesión.
Profeco comentó que mantendrá procesos abiertos por las mismas razones contra las estadounidenses United Airlines y American Airlines, los que se resolverán en los próximos días.
En el "Diario Oficial de la Federación" se publicaron el lunes las modificaciones a la Ley de Aviación Civil y a la Ley Federal de Protección al Consumidor, con lo cual a partir de este martes se establecen multas a las compañías aéreas por el cobro indebido de la primera valija por pasajeros y por despegues impuntuales.
De igual manera, deberá informar a los pasajeros, a través de medios electrónicos y en módulos de atención, las causas de retrasos, demoras y cancelaciones en vuelos.
En caso de retraso imputable, las aerolíneas deberán indemnizar a los pasajeros.
En caso de demora de más de una hora y menos de dos horas respecto al tiempo de salida estipulada en los boletos de avión, las empresas deberán compensar respecto a sus propias políticas, pero mínimo se deberán incluir descuentos en vuelos posteriores hacia el destino contratado y/o alimentos y bebidas.
De dos a cuatro horas, las líneas aéreas deberán compensar con un descuento de 7,5 por ciento en un futuro viaje al mismo destino, pero si la demora es de más de cuatro horas, las empresas tienen que reintegrar el valor del trayecto afectado, ofrecer transporte sustituto, alojamiento en caso de requerirse y transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto.
En las tres opciones, las empresas darán 25% del valor del vuelo demorado.
El titular de la Profeco, Rafael Ochoa Morales, dijo que este nuevo esquema "empodera a los consumidores, fortalece sus derechos, les otorga restituciones económicas cuando sufren una afectación y brinda mayor transparencia para informar las causas".
Agregó que la Profeco regulará la operación de los módulos de atención, los cuales deberán ser instalados por las aerolíneas en un plazo máximo de 90 días hábiles.
Los usuarios tienen derecho a transportar como mínimo, y sin cargo alguno, 25 kilogramos de equipaje documentado y hasta dos piezas de equipaje de mano de no más de 10 kilogramos en vuelos nacionales e internacionales que tengan como origen México.
* Con información de Reuters y Xinhua.