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El 30% de la extracción de atún de embarcaciones extranjeras serán para la industria peruana
Miércoles, Marzo 27, 2013 - 10:30

El decreto supremo 002-2013-Produce, publicado este martes, precisa que las referidas embarcaciones deberán suscribir obligatoriamente Convenios de Abastecimiento con las plantas de congelado o conserveras, hasta el límite de almacenamiento y procesamiento.

Lima. El Ministerio de la Producción (Produce) aprobó las modificaciones del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún, según el cual, el 30% de la extracción de embarcaciones extranjeras autorizadas, serán destinadas a la industria nacional de conservas y plantas de congelado.

El decreto supremo 002-2013-Produce, publicado este martes, precisa que las referidas embarcaciones deberán suscribir obligatoriamente Convenios de Abastecimiento con las plantas de congelado o conserveras, hasta el límite de almacenamiento y procesamiento.

De esta manera, se buscará que los empresarios y la población en general se beneficien de esta pesquería.

Las embarcaciones extranjeras que quieran acceder a la captura de atún en aguas peruanas deberán participar de un concurso público, con el objetivo de acceder a la cuota asignada al Estado, por la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT).

En el dispositivo se establece que Produce publicará y actualizará, periódicamente, en su página web www.produce.gob.pe, la relación de establecimientos industriales pesqueros para consumo humano directo con plantas de congelado y/o enlatados interesados en suscribir Convenios de Abastecimiento del recurso atún.

Estos establecimientos deberán contar con licencias vigentes y protocolo técnicos sanitarios.

Las empresas interesadas en participar en ese proceso deberán remitir una comunicación al Ministerio de la Producción para ser considerada en la relación.

Produce también precisó que las naves extranjeras autorizadas en la extracción de atún deberán reportarse en un puerto peruano antes de iniciar sus faenas con el objetivo de que la autoridad marítima certifique el cumplimiento de algunos requisitos.

Entre los requisitos figura llevar a bordo un técnico científico de investigación del Instituto del Mar del Perú (Imarpe), así como contratar como parte de la tripulación de la embarcación pesquera  personal de nacionalidad peruana en una cifra no menor del 30 por ciento, entre otros.

Al culminar la extracción se deberá informar a la Dirección General de Supervisión y Fiscalización del Produce, dónde se realizará el desembarque, con una anticipación no menor de 48 horas.

La norma sobre el ordenamiento del atún señala que los derechos de pesca para las embarcaciones pesqueras atuneras de bandera extranjera serán de US$50 por cada tonelada de arqueo neto, el cual podrá ser renovado automáticamente por un periodo similar cumpliendo los requisitos establecidos.

No se otorgarán permisos de pesca, ni se renovaran los obtenidos, a aquellas embarcaciones atuneras de bandera extranjera que tengan algún tipo de procedimientos administrativos con el Produce, incluido los procedimientos de cobranza coactiva.

Asimismo, aquellas que se cancelará el permiso de pesca a las embarcaciones que incumplan con derivar como mínimo el 30% de su captura para el consumo humano directo.

Pueden acceder a la pesca del atún buques de bandera nacional y de bandera extranjera.

Autores

Agencia Peruana de Noticias