La Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi, detalló en su pronunciamiento que las empresas investigadas emplearon el término “leche” en el rotulado de sus productos, pese a estar prohibido el uso de términos lecheros para esos productos.
Lima. Las compañías Gloria, Nestlé y Laive fueron sancionandas en Perú por la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi, con una multa de US$2,83 millones por incumplir con el etiquetado en sus productos lácteos.
Indecopi detalló en su pronunciamiento que las empresas investigadas emplearon el término “leche” en el rotulado de sus productos, pese a estar prohibido el uso de términos lecheros para esos productos, publicó El Comercio.
La decisión afirma que las tres empresas infringieron el Código de Protección y Defensa del Consumidor al consignar en sus productos una denominación que no correspondía a la verdadera naturaleza de estos.
La multa para Gloria asciende a US$1.43 millones, la de Nestlé es de US$849.000, mientras que a Laive le corresponde US$553.000.
Las empresas tienen un plazo de 30 días hábiles para que cumplan con la implementar políticas o protocolos comerciales con su red de distribuidores, canales de venta y principales clientes, a fin de poder acreditar que las unidades que emplearon una denominación errónea, sea modificado.
*Con información de El Comercio.