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Impulsan subsidios energéticos a población de menos recursos en México
Martes, Julio 15, 2014 - 08:32

Otro acuerdo es que los precios de la gasolina sean determinados por la competencia a partir de 2017.

Ciudad de México, Excelsior.com.mx. Los cambios pactados entre el gobierno federal y los senadores del PRI y el PAN a la Reforma Energética incluyen la aplicación de subsidios focalizados para la población de menos recursos en materia de energía eléctrica y gas LP, así como la decisión de liberar la importación de gasolina a partir del 1 de enero de 2016, para que desde 2017 los precios de la gasolina sean determinados por la competencia del mercado.

Ayer, los senadores panistas y el dirigente nacional de Acción Nacional, Gustavo Madero, respaldaron la negociación sostenida por sus compañeros Salvador Vega Casillas, Jorge Luis Lavalle, Francisco García Cabeza de Vaca y Francisco Domínguez, junto con los diputados federales Juan Bueno Torio y Rubén Camarillo, con el gobierno federal y el PRI, para hacer poco más de 200 cambios a los proyectos de dictamen de la Reforma Energética que hoy se someten a votación de las comisiones unidas de Energía y Estudios Legislativos Primera.

Las modificaciones al proyecto de dictamen de la Ley de Hidrocarburos y que se colocarán también en las leyes de tipo fiscal que tiene la Cámara de Diputados como parte de la Reforma Energética establecen que “las secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Energía y de Desarrollo Social evaluarán la conveniencia y, en su caso, instrumentarán programas de apoyos focalizados que tengan como objeto coadyuvar con el suministro adecuado y oportuno, a precios asequibles, de combustibles de consumo básico en zonas rurales y zonas urbanas marginadas.

“La Comisión Reguladora de Energía y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social deberán prestar el apoyo técnico que se requiera para los fines del presente artículo”, se menciona en el capítulo referente al gas natural y gas licuado de petróleo (LP).

En el régimen transitorio se precisa que “hasta en tanto no se implemente un programa de apoyos focalizados a los consumidores del gas licuado del petróleo, los precios máximos al público serán establecidos por el Ejecutivo Federal mediante acuerdo”.

“Dicho acuerdo deberá considerar las diferencias relativas por costos de transporte entre regiones y las diversas modalidades de distribución y expendio al público, en su caso.

“Asimismo, la política de precios máximos al público que se emita deberá prever, en caso de que los precios internacionales de estos combustibles experimenten alta volatilidad, mecanismos de ajuste que permitan revisar al alza los incrementos de los citados precios, de manera consistente con la evolución del mercado internacional.

“El gobierno federal deberá instrumentar el programa de apoyos focalizados a que se refiere esta fracción a más tardar el 31 de diciembre de 2016. Dicho programa de apoyos focalizados deberá de promover el aprovechamiento sustentable de la energía y la mayor generación posible de valor agregado y el uso eficiente de recursos”, dispone.

En tanto, entre los cambios hechos a la Ley de la Industria Eléctrica, está que “la Secretaría (de Energía) establecerá políticas y estrategias para suministrar electricidad a las comunidades rurales y zonas urbanas marginadas al menor costo para el país, en congruencia con la política energética prevista para el desarrollo del sector eléctrico y promoviendo el uso de las energía limpias.

“Para los efectos anteriores, las secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Energía y de Desarrollo Social evaluarán la conveniencia y, en su caso, instrumentarán programas de subsidios focalizados que tengan como objeto coadyuvar con el suministro eléctrico adecuado y oportuno, a precios asequibles, en zonas rurales y zonas urbanas marginadas para grupos de usuarios del suministro básico en condiciones económicas de vulnerabilidad.

“La CRE y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social deberán prestar el apoyo técnico que se requiera para los fines del presente artículo”, dispone una de las 213 modificaciones al proyecto de dictamen de la Ley de la Industria Eléctrica.

Respecto a la liberalización de la importación de gasolinas, modifica todo el Décimo Cuarto transitorio del proyecto de dictamen de la Ley de Hidrocarburos para especificar que a partir del 1 de enero de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2016, la regulación sobre precios máximos al público de gasolinas y diesel será establecida por el Ejecutivo Federal mediante acuerdo; el cual considerará las diferencias relativas por costos de transporte entre regiones y las diversas modalidades de distribución y expendio al público, en su caso.

“A partir de la entrada en vigor de la presente ley y hasta el 31 de diciembre de 2015, únicamente se podrán otorgar permisos para la importación de gasolinas y diesel a Petróleos Mexicanos o sus empresas productivas subsidiarias.

“A partir del 1 de enero de 2016, los permisos para la importación de gasolinas y diesel podrán otorgarse a cualquier interesado que cumpla con las disposiciones jurídicas aplicables. Los permisos para el expendio al público de gasolinas y diesel serán otorgados por la Comisión Reguladora de Energía a partir del 1 de enero de 2016”, dice.

De igual forma, modifican una parte de sanciones, pues originalmente la disposición esa que las violaciones a todo el capítulo de contratos para la exploración y extracción de hidrocarburos que sea competencia de la Agencia de Seguridad Industrial “serán sancionadas con multa de entre setecientas cincuenta mil a siete millones quinientas mil veces el importe del salario mínimo”.

Ahora, la propuesta es que ordene que “las secretarías de Energía, la Comisión Nacional de Hidrocarburos sancionarán las violaciones graves o reiteradas a lo establecido en el Título Segundo de esta Ley, con amonestación, suspensión, remoción o inhabilitación del personal que preste sus servicios a un asignatario, contratista o autorizado. Lo anterior, sin perjuicio de la sanción económica a la que se refieren las fracciones anteriores”.

Otro punto que destaca en el grupo de 422 reservas panistas que serán aceptadas para la discusión de hoy en comisiones unidas es que confirma el derecho de los ejidatarios a convertirse en “socios” de las grandes empresas energéticas, aunque eliminó el mínimo del 1% de ganancias para dejarlo libre.

“Tratándose de proyectos que alcancen la extracción comercial de hidrocarburos, un porcentaje de los ingresos que correspondan al asignatario o contratista en el proyecto en cuestión, después de haber descontado los pagos que le correspondan al Estado mexicano, sujetándose a lo dispuesto en el último párrafo de este artículo.

“La Secretaría de Energía elaborará las metodologías, parámetros y lineamientos que podrán servir de referencia para determinar el porcentaje a que se refiere el párrafo anterior.”

Costo de la luz. El gobierno federal ha presentado varios argumentos para modificar el sector de generación de energía eléctrica.

- Por ejemplo, ha mencionado el caso de las tarifas eléctricas altas, ya que el costo de la energía eléctrica es elevado y está afectando los bolsillos de los hogares mexicanos, de la pequeña y mediana empresa y de los comerciantes, frenando la creación de empleos.
Afirma que en comparación con Estados Unidos, las tarifas son más caras.

- Indica que uno de los principales objetivos de la Reforma Energética es fortalecer la Comisión Federal de Electricidad, mediante una mayor flexibilidad operativa y organizacional, que ayudará a reducir costos.

- Además, el propósito es que la Comisión Federal de Electricidad se verá fortalecida al permitirle competir para recuperar a los grandes usuarios que compran más electricidad, y se le darán las herramientas necesarias para permitirle reducir las pérdidas de energía, el robo y el no pago.

- También se quiere favorecer una mayor inversión en tecnología y la adopción de fuentes de energía menos contaminantes.

Garantizan que no hay riesgo para propietarios de tierras. Organizaciones campesinas de izquierda aseguraron que es “aceptable” la propuesta de que los ejidatarios puedan ser “socios” de las grandes empresas en materia energética, pero insistieron que no es satisfactorio optar por la ocupación temporal en lugar de la expropiación, porque eso pone en riesgo la propiedad de la tierra.

Anunciaron movilizaciones a partir del 23 de julio para impedir que se apruebe el “despojo” de tierras, y advirtieron que no dejarán que las empresas trasnacionales se instalen en sus tierras.

Sin embargo, el presidente de la Comisión de Energía del Senado, David Penchyna, aclaró que no existe ningún riesgo para los propietarios de la tierra.

Recordó que la ocupación temporal no es lo mismo que expropiación, y que esto se aplicará principalmente a la explotación de gas shale, que se circunscribe a los estados de Chihuahua, Coahuila, Nuevo León, Tamaulipas y Veracruz; es decir, no existen yacimientos de ese producto en ninguna otra parte del país; explicó que la explotación de este tipo de gas es muy rápida, por lo cual la ocupación de las tierras es de poco tiempo.

Las agrupaciones campesinas demandaron que no se traslade la justicia agraria a la justicia administrativa para este tipo de acuerdos, pero el paquete de modificaciones que se harán a los proyectos de dictamen de las leyes de Hidrocarburos y Energía Eléctrica precisan que en todo este proceso intervendrán “testigos sociales”, las secretarías de Energía, Desarrollo Social y la de Desarrollo Territorial y Urbano, pero siempre aplicará la Ley Agraria e intervendrá, en los casos necesarios, el Tribunal Agrario.

Precisa que los dueños de los terrenos podrán recibir contraprestaciones que deberán “ser proporcionales a los requerimientos, las necesidades del Asignatario o Contratista conforme a las actividades que se realicen y requieran realizar al amparo de la Asignación o Contrato y los usos que se pretendan dar al efecto.

“De acuerdo a las distintas formas o modalidades de uso, goce, afectación o, en su caso, adquisición que se pacte, la contraprestación deberá cubrir, según sea el caso, el pago de las afectaciones de bienes o derechos distintos de la tierra, así como la previsión de los daños y perjuicios, que se podrían sufrir con motivo del proyecto a desarrollar, calculado en función de la actividad habitual de dicha propiedad.

“(También) la renta por concepto de ocupación, servidumbre o uso de la tierra, o tratándose de proyectos que alcancen la extracción comercial de hidrocarburos, un porcentaje de los ingresos que correspondan al Asignatario o Contratista en el proyecto en cuestión, después de haber descontado los pagos que le correspondan al Estado Mexicano, sujetándose a lo dispuesto en el último párrafo de este artículo.

“La Secretaría de Energía elaborará las metodologías, parámetros y lineamientos que podrán servir de referencia para determinar el porcentaje a que se refiere el párrafo anterior”, se precisa.

Beneficiarios. El tema de los propietarios de tierras es para atender uno de los puntos que más impulsó el panismo.

Lo anterior, en el sentido de que todos los mexicanos dueños de tierras con potencial en extracción de recursos energéticos sean beneficiarios de la riqueza que obtengan las empresas.
Así, la meta es que tendrán un beneficio por pago de renta.

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Excelsior.com.mx