Jorge Andrés Carrillo, quien reemplazó en abril de este año a Alejandro Calderón Chatet, se convirtió en el tercer gerente de la compañía desde enero de 2020 y el segundo en menos de una semana. La Junta Directiva dijo que apelará el fallo y confía en que será revocado.
La Sala Cuarta de Oralidad del Tribunal Administrativo de Antioquia declaró en primera instancia la nulidad del nombramiento del gerente general de Empresas Públicas de Medellín (EPM), Jorge Andrés Carrillo Cardoso.
El funcionario reemplazó en abril de este año a Alejandro Calderón Chatet, quien renunció tras una semana en el cargo por las críticas en torno a sus títulos académicos y por figurar en empresas en Panamá. Desde ese momento ya había denuncias de que el nombramiento no era válido y críticas porque Carrillo se convertía en el tercer gerente de la compañía desde enero de 2020 (y el segundo en ocho días).
Horas después del anuncio varias personas y sectores manifestaron sus inconformidades. Uno de ellos fue el representante a la Cámara, Jorge Gómez Gallego, quien denunció que el Artículo 79 y 102 de la ley 489, así como el artículo 10 del decreto 128, impedía que un miembro de la junta de EPM fuera designado como gerente de la empresa.
En ese momento EPM dijo en su comunicado: "de conformidad con lo establecido por el artículo 10 del Decreto Ley 128 de 1976, en concordancia con el concepto 11001-03-06000-2018-00160-00 del Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, del 5 de febrero de 2019, un miembro de la junta directiva de una empresa como EPM sí puede ser nombrado Gerente General".
De ahí que Daniel Quintero, alcalde de Medellín, aseguró que el decreto no aplicaba y que, por ende, era válida la designación.
Sin embargo, el Tribunal habría aceptado los argumentos del abogado Hernán Darío Cadavid, quien también se refirió al artículo 10 del Decreto Ley 128, argumentando que Carrillo, antes de ser gerente, era miembro de la junta directiva.
Ahora, pese al fallo de primera instancia, EPM afirmó que el gerente general continúa en sus funciones y que la empresa "mantiene su dinámica y normalidad en todas sus operaciones y servicios".
Por medio de un comunicado, Empresas Públicas de Medellín dijo que impugnará ante el Consejo de Estado la decisión: "La administración estará atenta a que se produzca el fallo de segunda instancia por parte del Consejo de Estado, para proceder en conformidad con lo que ese máximo órgano jurisdiccional de la justicia contencioso administrativo haya de resolver".
Asimismo, la Junta Directiva de EPM dijo que confía en que este fallo de primera instancia será revocado y que ha sido testigo "del compromiso, liderazgo, cualidades personales y profesionales del ingeniero Carrillo".
El máximo órgano directivo de la empresa agregó que "se evaluó concienzudamente la viabilidad del nombramiento". Además, envió un mensaje de tranquilidad a usuarios, contratistas e inversionistas, respecto a la normalidad de las operaciones y servicios de EPM.
Por otro lado, la noticia llega el mismo día en el que Conconcreto informó que fue admitida en la reorganización por parte de la Superintendencia de Sociedades. Esta empresa hace parte del consorcio CCC Ituango que está a cargo de la construcción de Hidroituango y que también está envuelta en un pleito jurídico contra EPM por la emergencia que se presentó en el proyecto en 2018. También está dentro de la investigación de la Contraloría.
Conconcreto es la segunda constructora de Hidroituango que fue admitida en reorganización en menos de un día, pues este martes se conoció que Coninsa Ramón H., que también hace parte de CCC Ituango, se acogió a esta figura ante la Supersociedades.