El Senacsa estableció nuevas exigencias para la venta de vacunas antiaftosa, con miras a garantizar el mantenimiento de la cadena de frío y formalizar totalmente el comercio del biológico.
Este lunes, a las 11:00 horas, será presentado en el local de la Asociación Rural del Paraguay (ARP) el plan operativo del sistema de trabajo del Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal de Paraguay (Senacsa) y de la Asociación de Comisiones de Salud Animal (Aconasa), para el primer período de vacunación contra la fiebre aftosa 2012, que se iniciará este miércoles.
Con relación al acto de inicio de la campaña de vacunación, el presidente del Senacsa, Dr. Félix Otazú, informó que se realizará en la estancia Mundo Novo, ubicada en el distrito de Curuguaty, Km.182 de la Ruta X, el miércoles 1 de febrero, a las 9:00 horas.
Exigencias comerciales. El Senacsa estableció nuevas exigencias para la venta de vacunas antiaftosa, con miras a garantizar el mantenimiento de la cadena de frío y formalizar totalmente el comercio del biológico, según la resolución 199/2012, divulgada días atrás.
Dicha normativa, del 26 de enero del 2012, restringe la venta de vacunas antiaftosa estableciendo nuevos requisitos para la habilitación de casas expendedoras y centros de distribución del biológico.
La medida oficial implementa el nuevo módulo del Sistema Informático SIGOR III, denominado "casas expendedoras de vacunas antiaftosa y centros de distribución".
La disposición obliga a que los locales de venta y distribución del biológico tengan, entre varios requisitos, un generador alternativo de corriente eléctrica con capacidad suficiente a lo requerido, para casos de emergencia de corte de energía.
Igualmente, deben contar con una computadora con sistema operativo Windows XP o superior, Linux con impresora láser o a chorro de tinta.
Otra exigencia es disponer de un stock de cajas térmicas compatibles con la capacidad máxima de almacenamiento de los equipos de refrigeración, determinada por el Senacsa.
Según la información, la implementación del referido módulo del SIGOR III es obligatoria en casas expendedoras y centros de distribución de vacuna antiaftosa, habilitadas por el ente, a partir de este año.
Otro cambio es que a partir del período de vacunación antiaftosa de este año, que se iniciará el miércoles, el certificado de venta de vacuna antiaftosa será expedido únicamente a través del módulo "Casas expendedoras de vacuna" del Sistema Informático SIGOR III, por parte de las casas expendedoras o centros de distribución de la Comisión de Salud Animal.
La venta de vacunas antiaftosa podrá hacerse únicamente a propietarios de ganados registrados en el SIGOR III.
Queda prohibido el envío de vacunas en ómnibus del transporte público y la comercialización fuera del periodo oficial de inmunización, con excepciones.